SITIESPA impulsa reforma para transformar el mercado eléctrico y blindar los derechos laborales en Panamá

El gremio sostiene que un servicio de calidad no depende únicamente de la inversión en infraestructura, sino también del conocimiento y la capacidad técnica del personal especializado que mantiene la continuidad del suministro

El Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Similares de la República de Panamá (SITIESPA), junto a ciudadanos proponentes, ha presentado ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley que modifica y adiciona diversos artículos al Texto Único de la Ley 6 del 3 de febrero de 1997, norma que regula el sector eléctrico panameño.

La iniciativa busca corregir distorsiones del mercado, limitar la concentración económica, abaratar los costos tarifarios para los usuarios y garantizar la estabilidad del talento humano en un entorno de transición tecnológica.

A casi tres décadas de haberse establecido el marco regulatorio e institucional de la electricidad en Panamá, el gremio señala que el sistema enfrenta importantes desafíos como la digitalización de las redes, la expansión de energías renovables y el crecimiento de la demanda energética.

En su exposición de motivos, SITIESPA sostiene que un servicio de calidad no depende únicamente de la inversión en infraestructura, sino también del conocimiento y la capacidad técnica del personal especializado que mantiene la continuidad del suministro.

Control de mercado

Uno de los pilares centrales de la propuesta radica en la actualización de las normas de competencia dentro del sector eléctrico nacional:

Límite efectivo a la concentración en generación: La propuesta modifica el artículo 59 para restringir a un máximo del 25% la participación en la oferta de generación del mercado eléctrico nacional por parte de un mismo grupo económico o beneficiario final. Esta medición incluirá filiales, pactos societarios y estructuras de control común para evitar la fragmentación artificial de propiedades.

Prohibición estricta de la integración vertical: Se fijará un límite estricto del cero por ciento (0%) para que las empresas distribuidoras de electricidad, sus matrices o filiales puedan participar, directa o indirectamente, en actividades de generación orientadas al mercado nacional.

Fortalecimiento del Centro Nacional de Despacho (CND): El CND continuará siendo una dependencia de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), pero operará con autonomía técnica, presupuestaria, contable y operativa. Tendrá la función exclusiva de certificar la capacidad firme disponible de las generadoras y fiscalizar su disponibilidad real.

Nuevo esquema de contratación y tarifas: Se plantea la separación obligatoria de los productos de energía y capacidad en las contrataciones para clientes regulados. La capacidad firme disponible se remunerará mediante un Precio Uniforme de Capacidad (PUC) regulado por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), mientras que las licitaciones se centrarán en competir por el menor costo de energía para beneficio del consumidor final.

Protección al usuario regulado: El proyecto prohíbe explícitamente que las distribuidoras trasladen a la tarifa eléctrica pérdidas ineficientes, multas, sanciones, gastos publicitarios innecesarios o sobrecostos derivados de contratos con empresas vinculadas.

Estabilidad laboral

En el ámbito social, la propuesta legislativa establece sólidas salvaguardas para proteger los derechos de los trabajadores ante reorganizaciones empresariales o cambios de concesión:

Garantía en la sustitución patronal: Ante fisiones, fusiones, reestructuraciones o cambios de administración, el nuevo empleador asumirá las obligaciones laborales de manera ininterrumpida. Se garantizará la antigüedad laboral, salarios, prestaciones y beneficios sociales adquiridos previamente.

Continuidad de Convenciones Colectivas y fueros sindicales: Las convenciones colectivas vigentes mantendrán su validez y obligatoriedad ante un cambio de empresa. Asimismo, en casos donde concurran múltiples sindicatos tras una reestructuración, se preservará la personería jurídica y representación de cada gremio.

Transición tecnológica justa: La automatización, digitalización e incorporación de redes inteligentes no podrán ser utilizadas como causal unilateral de despido. Las empresas estarán obligadas a implementar programas de capacitación, reconversión laboral, actualización profesional y movilidad interna.

Diálogo social y salud ocupacional: Se crean espacios permanentes de consulta entre las autoridades (ASEP), las empresas y las organizaciones sindicales para abordar aspectos de seguridad operacional, salud en el trabajo y la adaptación del personal ante las nuevas exigencias de la transición energética.

Lo Nuevo