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- 29/04/2014 02:00
- 29/04/2014 02:00
Descanso obligatorio
Hasta el momento, no hay cambios sobre el descanso obligatorio del 1 de mayo, Día del Trabajador.
El departamento de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno confirmó a La Estrella de Panamá que no se ha pensado en modificaciones al calendario con respecto al día de descanso obligatorio y el recargo salarial por la fecha.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 del Código de Trabajo, el 1 de mayo de cada año es día de fiesta nacional; por tanto, es de descanso obligatorio.
El día puente es el término utilizado para referirse al día que reemplaza a la fecha original de celebración de una festividad. Según la Ley 70 de 28 de diciembre de 2007, el Ejecutivo puede decretar días puente sobre fechas de fiesta o duelo nacional. En 2012, la fecha cayó en día martes y fue trasladado para el día lunes 30 de abril (el lunes anterior). En 2013, la fecha ocurrió el día miércoles y el descanso se adelantó para el lunes 29 de abril.
Este año se ha especulado, porque el descanso coincide con el cierre de campaña del oficialismo y, de correrse, sería para el lunes siguiente, un día después de las elecciones.