Publicidad estatal quedará prohibida desde el martes

Actualizado
  • 30/01/2019 01:00
Creado
  • 30/01/2019 01:00
El Código Electoral establece que desde los tres meses previos al día de las elecciones se prohíbe la propaganda o publicidad.

El martes 5 de febrero, de conformidad con el artículo 236 del Código Electoral, queda prohibida la propaganda o publicidad estatal y de gobiernos locales.

La norma también aplica para los contratistas del Estado en los ámbitos nacional y local, en los medios de difusión privados y estatales para promover avances o culminación de obras.

El Código Electoral establece que desde los tres meses previos al día de las elecciones se prohíbe la propaganda o publicidad.

Cuando se requiera informar temas de importancia nacional, como campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de períodos de clases y conmemoración de un día, por disposición legal deben solicitar previamente la autorización del Tribunal Electoral (TE).

El artículo exceptúa de las prohibiciones al TE, a la Fiscalía Electoral y otras instituciones públicas cuyos servicios requieran de publicidad para realizar sus anuncios y publicar información de cualquier índole a la ciudadanía, la cual deberá registrarse previamente en el Tribunal Electoral.

Por otro lado, será el último día para la publicación del Padrón Electoral Final que incluye la lista final de los electores habilitados para votar desde el extranjero.

También incluye los listados con fotografía de los electores recluidos en centros penitenciarios, centros de atención al adulto mayor y hospitales, para su distribución a los partidos políticos y a los candidatos presidenciales de libre postulación.

A los partidos políticos se les entregará en medio digital por circunscripción y centro de votación. A los candidatos por la libre postulación, se les entregará de la misma forma, según indica el Tribunal Electoral.

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