El Tribunal Electoral suspende congresillo en el circuito 8-8

Actualizado
  • 04/10/2016 02:00
Creado
  • 04/10/2016 02:00
Una demanda ha generado el ‘impasse'. Rolando Mirones cuestiona un recuento de votos fuera de la fecha de impugnación. El magistrado Valdés Escoffery debe tomar la decisión

El Partido Revolucionario Democrático (PRD) está inmerso en una nueva disputa y será el Tribunal Electoral (TE) el que tenga la última palabra.

El ‘recuento brujo' denunciado por Rolando Mirones, quien presentó una impugnación por los resultados de la elección de los delegados del circuito 8-8, el pasado 31 de julio, ha provocado la suspensión del congresillo previsto para hoy en la misma circunscripción.

La consulta programada para hoy, por el momento, no tiene fecha de celebración; sin embargo, se debe realizar antes del 30 de octubre, día en que el PRD tendrá su congreso ordinario para escoger a su nueva directiva y emprender el camino con miras a las elecciones de mayo de 2019.

En el circuito 8-8, que comprende San Francisco, Juan Díaz, Río Abajo y Parque Lefevre, están habilitados para votar 223 delegados y forma parte de los distritos de Panamá y San Miguelito, que concentra la mayor cantidad de delegados y que termina de definir la balanza entre los aspirantes a la Secretaría General del colectivo : el expresidente Ernesto Pérez Balladares y el diputado Pedro Miguel González.

Hasta el momento, el exmandatario mantiene una ventaja sobre González, según los resultados extraoficiales de los congresillos realizados en el resto del país

Pérez Balladares, quien prefirió no emitir ningún comentario sobre la impugnación, estaría sumando 1,398 delegados para el congreso y González, 977, lo que vierte una diferencia de 421 votos. En Panamá y San Miguelito hay 1,445 delegados.

Además, queda pendiente el voto de los 296 delegados del circuito 1-1 (provincia de Bocas del Toro) y del circuito 12-1 de la comarca Ngäbe Buglé.

La decisión sobre la impugnación del congresillo suspendido el lunes la deberá resolver el magistrado Eduardo Valdés Escoffery, a quien le correspondió, en el reparto de expedientes, el recurso legal interpuesto por Mirones el pasado miércoles.

Mirones se notificó, este lunes, ante el TE de la admisión del recurso y consignó los $200 de fianza del proceso. El magistrado Valdés deberá realizar una audiencia, que hasta ayer no estaba programada.

El perredista presentó una demanda de nulidad ante la comisión de elecciones internas del

LOS PASOS A SEGUIR

El recurso se presentó en el TE la semana pasada por Rolando Mirones

El magistrado del Tribunal Electoral, Eduardo Valdés Escoffery, deberá fijar una fecha para la audiencia en los próximos días.

El congresillo en el circuito 8-8 deberá realizarse antes del 31 de octubre, debido a que ese día se celebra el Congreso del colectivo para la renovación.

colectivo por un recuento injustificado de los votos para delegados en el corregimiento de Juan Díaz, al que él pertenece.

El abogado explicó que no se presentó ninguna impugnación contra los resultados de las elecciones, sin embargo, tras una primera certificación de su denominación como delegado, le fue retirada sin explicaciones.

La Comisión de Elecciones del PRD hizo el recuento el 25 de agosto, lo que provocó que tres delegados, incluyendo Mirones, perdieran la credencial, que habían recibido el 1 de agosto.

‘Exijo que se respeten los resultados proclamados el 1 de agosto por el Tribunal Electoral, jamás hubo una impugnación en contra de estos resultados', reclamó el político, quien pertenece al Movimiento Renovación y Rescate Torrijista, grupo que busca tomar el control del PRD, en compañía del diputado González.

‘Hasta que esto no se resuelva, los 4,200 delegados estamos en peligro', reiteró Mirones, quien indicó que presentó el recurso de impugnación ante el TE después de que la Comisión de Elecciones rechazara su apelación contra el recuento de los votos.

Los delegados electos del circuito 8-8 emitieron este domingo una carta pública en la que solicitaron a Mirones desistir de la impugnación, a fin de que se pudiera realizar el congresillo.

El dirigente político acudió al TE a presentar el recurso legal, pues el Código Electoral, en su artículo 108, establece que los actos internos de un partido político pueden ser impugnados ante el TE, por ser violatorios a la Constitución, la ley y los estatutos del partido, así como reglamentaciones, siempre y cuando el impugnante demuestre el previo agotamiento de la vía interna y que la demanda sea presentada dentro del termino de diez días hábiles.

Los congresillos pendientes eligen los últimos diez de los 26 miembros del Comité Directivo Nacional.

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