La unión familiar

Actualizado
  • 08/11/2020 00:00
Creado
  • 08/11/2020 00:00
Hay un tipo de familia que no ha sido considerada legalmente: la familia formada por dos o más personas que no son parejas sexuales, sino que viven bajo el mismo techo y comparten gastos, se protegen y se cuidan mutuamente, pero que, a pesar de ello, tampoco tienen derechos de cónyuges
La unión familiar

He notado que en el debate sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo no ha surgido todavía la figura de lo que yo llamaría “Unión Familiar” de hecho y de derecho. Como sabemos, hay muchos tipos diferentes de familia y el menos común (por lo menos en Panamá), resulta ser la familiar nuclear, formada por padre, madre e hijos, ya que el 85% de los niños panameños nacen fuera del matrimonio. Pero hay un tipo de familia que no ha sido considerada legalmente: la familia formada por dos o más personas que no son parejas sexuales, sino que viven bajo el mismo techo y comparten gastos, se protegen y se cuidan mutuamente, pero que, a pesar de ello, tampoco tienen derechos de cónyuges.

Estas familias pueden estar conformadas por dos amigas viudas de escasos recursos económicos que deciden vivir juntas porque no tienen más familiares o los familiares se desentienden de sus necesidades; por una persona homosexual, que por la razón que sea, vive con una persona heterosexual; tres amigos heterosexuales que deciden compartir un hogar; una persona anciana abandonada por sus parientes que es recogida por una amiga; etc. Casualmente, sé de un caso de un pintor homosexual repudiado por sus parientes más cercanos, que vivía en un pueblo del interior. Una familia con quien no tenía ningún parentesco lo alimentaba y cuidaba de él. Fue trasladado a un hospital de la capital y un miembro de esa familia viajó con él y lo cuidó hasta su muerte. Apenas sus verdaderos parientes supieron que había muerto, entraron arbitrariamente a su atelier y se llevaron sus pocas pertenencias y todas sus pinturas, que vendieron a muy buen precio. ¿Creen ustedes que esto es justo? Creo que las familias formadas por parejas o grupos de personas donde no haya un componente sexual ni parentesco también merecen una figura legal o la condición de unión familiar de hecho, que les dé derecho a heredar una propiedad en sucesión intestada, derechos migratorios si es extranjero o extranjera, decidir en cuestiones de salud y bioética sobre la otra persona, unir ingresos para formar el patrimonio familiar, tener seguro social como dependientes, visitas médicas, titulación conjunta, nacionalidad o permisos de residencia, derecho a pensión, inclusión en las limitaciones para testificar ante un tribunal por ser familia, leyes de derechos de familia, etc. Incluso también derecho a adoptar —¿por qué no? La unión de hecho tendría que probarse cumpliendo con los requisitos que se establezcan por ley y si existe como figura legal, podría ser declarada por un juez.

En cuanto a la denominación que se le dé a la unión de parejas homosexuales donde sí existe un componente sexual, sea matrimonio homosexual, matrimonio igualitario, o unión civil, para mí lo importante es la protección que debe brindar el Estado a todos por igual y que se le reconozcan los mismos derechos que tienen las parejas heterosexuales, porque son derechos de la persona humana. Los homosexuales insisten en que ninguna institución es dueña de la palabra matrimonio. Lo que pasa es que la Iglesia Católica se apega a la palabra porque ha sacralizado el “matrimonio” entre un hombre y una mujer, pero ya vemos que no es tan sagrado, porque casi que existen más divorcios que matrimonios entre católicos. Todos optan por la unión civil con otra persona después de divorciados, o simplemente no se casan y viven juntos.

Junto con Europa, América es uno de los dos continentes más permisivos con respecto al matrimonio igualitario. Esto quiere decir que Panamá está atrasada en su legislación. Las uniones del mismo sexo en América son reconocidas en diez de los 35 estados soberanos que conforman el continente: 8 países a nivel nacional a través del matrimonio igualitario (Argentina, Brasil, Canadá, nuestros vecinos Colombia y Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos y Uruguay). En Chile, mediante la unión civil. En México en algunos estados. En Europa son reconocidas en Holanda, Nueva Zelanda, Bélgica, España, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Dinamarca, Alemania, Finlandia, República Checa y Suiza.

A diferencia de la opinión del exmagistrado Díaz, la Corte Europea no ha declarado que el matrimonio igualitario está prohibido, sino que es elección de cada Estado. De todas formas, Panamá no forma parte de la Corte Europea, sino de la CIDH. Las declaraciones del Papa Francisco también han creado un revuelo entre los conservadores, que insisten en que “no dijo lo que dijo, sino lo que dicen algunos que creen que dijo”, como pasa con las declaraciones de los políticos. Lo cierto es que la opinión del Papa tampoco puede imponerse erga omnes, sino sólo orientar a sus fieles. Por eso es tan importante guardar la separación entre Estado e Iglesia.

La autora es abogada y defensora de los derechos humano.
Lo Nuevo
comments powered by Disqus