Cuenca del río Santa María está a un paso de ser declarada Patrimonio Natural

Actualizado
  • 03/09/2021 00:00
Creado
  • 03/09/2021 00:00
El proyecto de Ley 171 llega nuevamente al Ejecutivo para “insistir en su aprobación” tras un primer veto. Ambientalistas recalcan la importancia de proteger este caudal
El proyecto de ley tiene como objeto la protección y conservación para que se dé el uso racional en la cuenca del río Santa María.

Por segunda ocasión, el proyecto de Ley 171 que declara la cuenca del Río Santa María Patrimonio Natural Nacional y Área Protegida Hidrológica en su parte alta, baja y media, será enviado al Órgano Ejecutivo.

La Asamblea Nacional acordó este lunes el voto favorable por insistencia, en tercer debate, luego de que la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales recomendara al pleno rechazar la objeción de inexequibilidad realizada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, al documento e “insistir en su aprobación”.

Grupos ambientalistas y comunitarios, que se encontraban el día de la votación, celebraron los resultados con una pancarta acompañada de la frase: “Sí a la sanción del proyecto Ley 171”.

Iniciativa
Para cumplir sus objetivos de preservación, el documento busca establecer prohibiciones de actividades sujetas a sanciones administrativas y penales.

El proyecto de ley tiene como objeto la protección y conservación para que se dé el uso racional en la cuenca del río Santa María, a fin de mantener y garantizar esta fuente hídrica que constituye parte principal de los distritos de Santa Fe, San Francisco, Cañazas, Calobre, Nurum, San Francisco, Santiago, Nata, Atalaya, Ocú, Parita, Santa María y Aguadulce.

La cuenca del Río Santa María es una de los más importantes en Panamá, y se encuentra localizada en la vertiente del Pacífico, en las provincias de Veraguas, Coclé y Herrera.

Para cumplir sus objetivos de preservación, el documento busca establecer prohibiciones de actividades sujetas a sanciones administrativas y penales que estén relacionadas a:

Extracción minera, construcción de hidroeléctricas y cualquier otra iniciativa que represente una amenaza para los ecosistemas.

Asamblea Nacional.

Toda remoción de tala, desbroce, relleno, desecación, extracción y cualquier otra actividad que afecte el flujo hidrológico.

El depósito de desechos sólidos, orgánicos e inorgánicos.

El vertimiento de sustancias, como agroquímicos, hidrocarburos, aguas servidas de procesos industriales, agropecuarias y domésticas sin el debido tratamiento.

Actividades que atenten con la fauna, flora, vida silvestre y acuática.

Cualquier actividad fuera del área protegida que pueda afectar el área.

Además, se crea el Consejo Directivo y el Centro del Conocimiento, Monitoreo e Investigación de la cuenca del Río Santa María.

¿Por qué el veto?

Cortizo, en una carta fechada el 10 de junio del 2021, habría anunciado al entonces presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero, su veto al proyecto de ley 171 por consideraciones como:

La implementación de la gobernanza del Consejo Directivo de la Cuenca del Río Santa María podría ser una ruta de conflicto con las competencias del Ministerio de Ambiente (Miambiente), tomando en cuenta que dentro de esta zona convergen también varias áreas protegidas ya declaradas legalmente y que se encuentran bajo la regulación del ministerio, lo que podría generar una contradicción de competencias entre normas para su administración, limitando el adecuado manejo de estas.

La declaratoria que busca la cuenca afectará el reconocimiento de los derechos posesorios y los tramites de titulación en curso, que estuvieran efectuando personas en las comunidades incluidas en ese territorio, ya que lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley General de Ambiente dicta que las áreas protegidas no son objeto de titulación.

Objeción por inexequible al prohibir cualquier actividad fuera del área protegida que pueda causar daño a la cuenca del río San María o interferir con las acciones de manejo del área protegida, debido a que viola la Constitución Política de la República en su artículo 47, que le reconoce sobre la propiedad privada adquirida con arreglo a la Ley.

El Centro del Conocimiento, Monitoreo e Investigación no establece cuáles serán sus funciones como tampoco su relación con el Consejo directivo.

No es viable declarar la totalidad de la cuenca del Río Santa María como área protegida, cuando el 62.7% de su área carece de cobertura boscosa y esta constituida por asentamientos humanos y tierras dedicadas a la explotación agrícola y ganadera.

Además, Cortizo indicó que “la declaratoria que busca el proyecto 171 debe pasar por un proceso en el cual se defina con claridad los requisitos que deben cumplirse a efecto de hacerla viable, entre los cuales cabe mencionar, la consulta ciudadana, como requisito indispensable para contar con el consentimiento de la población que pueda verse afectada con la implementación de la propuesta de ley. En el proyecto de Ley 171, no se establece cómo ni quién deberá llevar a cabo dicho proceso”.

“En la actualidad, cualquier proceso de creación de un área protegida establecida como tal por MiAmbiente incluye, entre otros elementos, un estudio de las características ambientales del área que se propone declarar como área protegida, así como un estudio socioeconómico y una fase de participación ciudadana, todo ello con el objetivo fundamental de sustentar científicamente, el por qué un determinado espacio geográfico del país amerita ser incluido en esta condición”, manifestó el presidente en la carta a la que tuvo acceso La Estrella de Panamá.

Solicitud

Por lo antes mencionado, Susana Serracín, abogada ambientalista, expresó que para el avance del documento aprobado en tercer debate se subsanó cualquier vacío o inconsistencia que se hubiera presentado cuando el Presidente realizó el veto en primera instancia, y se realizó un análisis minucioso de todas las aristas: social, ambiental, cultural y económica.

“Le pido al Presidente que tome en consideración la importancia estratégica que representa el recurso hídrico para la población en desarrollo social, económico, de salud y valores culturales”, recalcó Serracín, quien participó en los primeros análisis técnicos de observación del proyecto de Ley 171.

Situación actual

El doctor Osvaldo Jordán, director ejecutivo del Centro Regional Ramsar para el Hemisferio Occidental (Creho) dijo en una entrevista con EFE que “en estos momentos el río se encuentra relativamente saludable, porque ha sido uno de los que si bien ha sido extraído mucho para el riego agrícola y el consumo humano, no ha sido tan alterado como otros cursos de agua”.

“Pero está altamente amenazado por el cambio climático del que se estima va a incidir en que las precipitaciones van a disminuir a lo largo de los próximos años, como el caudal necesario del río”, afirmó Jordán.

El experto alertó que, si de manera simultánea continúan los procesos de contaminación, o se aceleran, o se dan desviaciones, construcciones, u otras clases de “alteraciones severas” sobre el cauce del río, “este gran recurso que alimenta las economías y las poblaciones de las provincias centrales, puede verse en peligro”.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus