Una parte del acuerdo de la IBAF y FPB

Actualizado
  • 07/10/2011 02:00
Creado
  • 07/10/2011 02:00
COCTEL DEPORTIVO. C uando se llega a un cargo no necesariamente por experiencia y méritos, sino por apoyo político, como fue el caso de...

COCTEL DEPORTIVO

C uando se llega a un cargo no necesariamente por experiencia y méritos, sino por apoyo político, como fue el caso de Wigberto Quintero, presidente de la Federación Panameña de Béisbol (FPB), adicionado a su condición de funcionario del Gobierno de turno que quiere controlar y dirigir el deporte, en especial la XXXIX Copa Mundial de Béisbol desde el Palacio Presidencial, apoyado por un Comité Organizador, nombrado no por la FPB, sino por un Decreto Ejecutivo, está huérfano de autoridad para dirigir pese a que fue la FPB que firmó el acuerdo con la IBAF.

En otro esfuerzo del Coctel de informar a mis selectos lectores parte del ‘secreto’ bien guardado, sobre diferentes aspectos de la 39ª Copa, he aquí segmentos del Contrato firmado el 3 de marzo 2011, entre la IBAF y la FPB, para realizar este evento. Artículo 1.1: ‘La IBAF otorga los derechos y las obligaciones asociadas con acoger la CMB 2011, a la FPB, de acuerdo con y sujeto a los términos y condiciones expuestas en este contrato. La FPB ha reconocido y aceptado dichos derechos y las obligaciones con respecto a dicho acontecimiento. Además, la FPB reconoce completamente y concuerda que cualquier y todos los derechos no específicamente otorgados a la FPB en este contrato, son retenidos por la IBAF’. En todo esto la FPB está prácticamente invisible. Así es.

Artículo 2.1: ‘(Derechos y Responsabilidades de la FPB). Como federación miembro de la IBAF y en calidad de consejo de administración del país anfitrión, la FPB es la ÚNICA y EXCLUSIVA responsable hacia la IBAF para la organización y la gestión de la XXXIX Copa del Mundo de Béisbol de 2011 de la IBAF para las actividades oficiales de la IBAF relacionadas a eso. La FPB realizará las funciones de Comité Organizador Local, o SI DESEA, PUEDE DESIGNAR un Comité Organizador local INDEPENDIENTE, sujeto a obtener la aprobación por escrito de la IBAF. En todo caso, la FPB CONTINUARÁ teniendo la responsabilidad TOTAL respecto a la IBAF’. Artículo 2-2-1 (Alojamiento y comidas): ‘Durante el periodo oficial de competencia la FPB deberá proveer alojamiento adecuado y comidas apropiadas incluyendo el desayuno, el almuerzo y la cena y, si es necesario, una merienda después de las competencias nocturnas’.

‘Alojamiento. 1) Oficiales de la IBAF. a) Presidente de la IBAF una SUITE desde el 27 de sep. 2011, y por todo el periodo oficial de la competencia; b) Secretario General: una habitación doble desde el 27 de sep. y por todo el periodo de la competencia; c) Director Ejecutivo, una habitación doble desde el 26 de sep.; d) Cinco miembros del Personal de la IBAF: habitaciones individuales; e) Dos miembros (oradores de inglés y español), del departamento de gestión del sitio Web de la IBAF. Habitación individual desde el 26 de septiembre’. El Artículo 2.2.2. dice: ‘Todo el alojamiento será en un hotel internacional de categoría de 4 estrellas’. Art. 2.3.2 Transportación. Viajes Internacionales. La FPB cubrirá el costo del viaje aéreo ida y vuelta así. Clase Business (1ª clase), al Pres. de IBAF, Sec. General, Director de Competencia, y Director Ejecutivo. Todos los demás, viajarán en clase económica.’ Art.2.3.3. Los pasajes aéreos los comprará el ‘CO’.

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