No votarán los miembros permanentes

Actualizado
  • 24/10/2012 02:00
Creado
  • 24/10/2012 02:00
Debo recordar a los distinguidos lectores que con fecha 13 de marzo 2012, el presidente del COP, Miguel Sanchíz Jr., recibió una carta d...

Debo recordar a los distinguidos lectores que con fecha 13 de marzo 2012, el presidente del COP, Miguel Sanchíz Jr., recibió una carta del presidente del COI, Dr. Jacques Rogge, con instrucciones específicas, para la celebración de elecciones del mes de diciembre. El 25 de junio 2012, en una reunión en Lausana, Suiza, cuatro delegados del COP, recibieron una copia del Informe oficial confeccionado por los mediadores del COI, Melitón Sánchez y Andreu Camps, a raíz de su visita oficial a Panamá, indicando la situación actual del COP.

El Informe contenía una serie de recomendaciones a seguir para cumplir con los objetivos establecidos por el presidente del COI, en carta dirigida al COP con fecha del 13 de marzo 2012. En la Asamblea General Ordinaria del COP, celebrada el 24 de agosto 2012, donde se prohibió acceso a la prensa, tanto Melitón Sánchez como Andreu Camps, fueron testigos oculares que el COP ignoró las susgerencias del COI para el Reglamento de elecciones , en especial sobre Miembros Permanentes. Esto fue una violación del Punto Nº 4 del Artículo 1º de la Carta Olímpica que dice: ‘Toda persona u organización que pertenezca de alguna manera al Movimiento Olímpico está sujeta a las disposiciones de la Carta Olímpica y ha de respetar las decisiones del COI’.

Esto lo refleja la carta que recibió el presidente del COP, Miguel Sanchíz Jr., con fecha 22 de octubre 2012, firmada por Peré Miró, Director de relaciones del COI con los CONs, y Howard Stupp, Director del asuntos jurídicos del COI, con una Hoja de Ruta para la Asamblea General eletciva del COP en diciembre 2012. Parte dice: ‘En particular, el COI ha observado que la reunión realizada por el COP el 24 de agosto de 2012, no incluyó a un número considerable de federaciones nacionales afiliadas a las federaciones internacionales que rigen los deportes incluídos en el programa olímpico o a sus legítimos representantes, (según lo establecido por la Norma 28.1.2 de la Carta Olímpica). Por lo tanto, esta reunión no logró cumplir con los objetivos de la carta del presidente del COI, del 13 de marzo de 2012, respecto a reunir a todas las federaciones nacionales afiliadas a las federaciones internacionales que rigen los deportes incluidos en el programa olímpico a efectos de garantizar un proceso electoral justo y representativo, cara a la próxima asamblea general electiva del COP’.

‘El problema de base del COP radica en que actualmente no se ha podido alcanzar ninguna solución satisfactoria para aclarar su composición actual real, ni para lograr un acuerdo común acerca del estado de sus miembros. En particular, se observa que la pertenencia de varias personas, (llamadas ‘miembros permanentes’) al COP es puesta en entredicho. En vista de esta situación compleja que lamentablemente, no se ha podido resolver, se solicita que el COP recupere su composición mínima obligatoria (como se indica a continuación) para el desarrollo de sus próximas elecciones. Esta solicitud deriva estrictamente de la Carta Olímpica, (Norma 28.1) que prevalece sobre los estatutos del CON’.

‘En estas condiciones, se pide que la composición tanto de la Asamblea General del COP en noviembre de 2012, como la Asamblea General electiva en diciembre de 2012 incluye únicamente las siguientes tres categorías obligatorias de miembros’. Así los miembros permanentes no podrán votar. Permanentes en la Asamblea del 24 de agosto: Miguel Sanchíz, F. Samaniego, Franz Wever, Ademir Montenegro, Juan C.Padilla, Rolando Villalaz, Rosa de Santamaría, Carmina de Alemán, Omar Chávez, Jorge Mottley, Leonardo Ortega, Carlos Muñoz , y H. Arroyo. Tomen Nota.

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