Formulario para pedir apoyo del Comité Olímpico

Actualizado
  • 09/10/2019 17:57
Creado
  • 09/10/2019 17:57
Las ‘FN' deben indicar en qué consiste, por qué lo solicitan, resultados esperado del apoyo, beneficiados, etc.

B asta con visitar el sitio web del COP, para ser testigo ocular de la apariencia de la falta de transparencia. Aparece el ‘Órgano de Gobierno'. (Junta Directiva), no así las Comisiones y sus miembros que debe tener todo CON, los empleados administrativos y cargos que ocupan, pese a tener 38 meses al frente del COP, y su mandado de 4 años se vence en diciembre del 2016. Hay algunas dudas razonables de la actuación de los que dirigen el COP a su criterio particular. El presidente, Camilo Amado, ‘SG' Ricardo Sasso, y Tesorero Alan Baitel, que presidían las Federaciones de Gimnasia, Atletismo y Triatlón, y conforme los Artículos 14 y 15 del Decreto Ejecutivo 599 que reglamenta la Ley 50 que rige el deporte en el país, no pudieron reelegirse en las Elecciones 2014-2018, pero su ‘Estatuto Express', avalado por Peré Miró, los mantiene al frente de COP hasta las elecciones de diciembre 2016.

Escondido en el cuarto párrafo del Artículo 18, (Composición de la Junta Directiva) dice: ‘Los miembros de la ‘JD' seguirán considerados como tales, siempre y cuando ostenten la condición por la cual estos fueron elegidos, excepto en el caso del Presidente, ‘SG' Tesorero y Fiscal, quienes podrán continuar en sus posiciones hasta final del mandato para la cual fueron elegidos'. Estos deportes tienen sus respectivos delegados en el COP. Lo que no se sabe es si los directivos señalados, también ejercen votos en el COP, lo que sería parecido al caso que criticaban del COP de Miguel Sanchíz, donde algunos se convirtieron en Miembros Permanentes y otros eran los delegados de sus deportes. Estos directivos y también lo sabe su 'protector' y ‘Hado-Padrino' Peré Miró, que no han estado a la altura de lo que se esperada de ellos, su credibilidad está en un bajo nivel, pero quieren reelegirse al frente del COP a ‘raja tabla.

Basta con leer el Artículo 18 del ‘Estatuto Express' (Composición de la Junta Directiva), para cerciorarse que está diseñado para ese propósito, y avalado por el COI, (Peré Miró). El COP no ha publicado el N° y fecha de dicha Resolución. A ciegas lo aprobó el Ministerio de Gobierno y Justicia. Como Camilo Amado no representa a ningún deporte en el COP, el Punto 1-A del Artículo 18 dice: ‘El Presidente, el cual podrá ser nominado por cualquiera de los miembros votantes del Comité Olímpico de Panamá, para ser elegido por la Asamblea General'. Como dato curioso, ese mismo criterio se aplica a la elección del ‘SG', Tesorero y Fiscal. Para los otros directivos, ‘VP', ‘SSG', y ‘ST', se aplica el criterio del Artículo 6-B, o sea, tiene que ser un miembro de deportes incluidos en el Programa de los JO.

Esto no es todo, pues, si leen el Artículo 17 (Procedimiento Electoral), parte del Punto 1-A dice: ‘En la Asamblea General que precede la Asamblea General Electiva, la Asamblea General debe elegir una Comisión Electoral ‘independiente' la cual será totalmente responsable de desarrollar, monitorear, y conducir el proceso electivo como un todo, (desde la recepción de las nominaciones hasta la proclamación de los resultados finales). Esta Comisión Electoral ‘independiente' deberá estar compuesta por tres (3) miembros, incluyendo un presidente, y dos substitutos. Deben ser personas ‘independientes' y ‘neutrales', (tomen nota de esto), tener experiencia legal. (esto le da un olor fétido, y campo fértil para el control de la Letrada del COP, columna vertebral en la elaboración del Estatuto Express).

Por su bajo nivel de credibilidad, el COP ha recurrido a una Encuesta vía Twitter para presentar un documente al presidente ‘JCV', de que ‘todo' el pueblo panameño, (ellos mismos), quieren que acepte la sede de los 22º JCA y del Caribe del 2022, ya que esto pudiera ayudar a que sean reelegidos al frente del COP. Otra desesperación, el invento de una especie de ‘regalotón' a Federaciones seguro ‘amigas'. Se trata de un Formulario de Solicitud de Apoyo. En parte dice: ‘Describa en qué consiste la solicitud de apoyo (dinero), y por qué solicita el apoyo. Impacto y/o resultado esperado de otorgarse la solicitud de apoyo. Describan quién o quiénes serán los beneficiados directos'. Esto es curioso, pues, si el COP como señala este documento dispone de recursos económico, ¿cómo justifican su solicitud a Pandeportes de $1,863,950.00, sin decir como ellos preguntan: ‘Impacto y/o resultado esperado de otorgarse la solicitud de apoyo. ¿De dónde salen esos fondos, de la ODEPA y/o del COI o de ambos?. Tomen nota de esto. Así es.

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