Universalidad de la natación para los JO

F rente al aumento del deseo de muchos deportes de estar en el Programa de los Juegos Olímpicos, al igual que países de ser sede de este...

F rente al aumento del deseo de muchos deportes de estar en el Programa de los Juegos Olímpicos, al igual que países de ser sede de este certamen, comenzó a preocupar al presidente del COI, SE, Juan Antonio Samaranch, (q.e.p.d), de la necesidad imperiosa de poner algunos controles y topes para mantener la calidad de estos Juegos. En la reunión del Comité Ejecutivo del COI con los CONs, celebrado en Acapulco, México, en 1992, Juan A Samaranch, habló de la participación máxima de 10,000 atletas en los Juegos.

Muchos presidentes de CONs pidieron la palabra y exteriorizaron su preocupación de que esta restricción podría impedir y limitar la participación de los países pobres y en desarrollo, en ese encuentro cada cuatro años, de atletas de los cinco continentes. Después de escuchar los argumentos razonables, se fortaleció el criterio de Universalidad de los ‘JO’, para así garantizar la presencia de todos los CONs miembros del Movimiento Olímpico. La natación recibió 800 cupos para los JO de Beijing 2008, y para los XXX JO de Londres 2012, 900 cuotas o sea, 450 para cada sexo.

Esto permite que estos dos deportes, ejercen con mayor amplitud, la Universalidad. Contrario al atletismo y natación, Esgrima recibe cuotos en el rango de los 200 o un poco más de atletas, y el Judo cupos de unos 400 atletas. Estos deportes para la Universalidad usan el criterio de invitación, conocido como wild-card. Para el caso que nos ocupa que es la natación, el orden prioritario para la clasificación de atletas para los JO de Londres, son: 1), Atletas con Tiempo de Clasificación Olímpica, (OQT), que equivale a la Marca ‘A’; 2), Atletas de los relevos; 3), Atletas por la Universalidad; y 4), Tiempo de Selección Olímpica, (OST), que equivale a la Marca ‘B’. Respecto al Punto Nº 3 que es el tema de hoy, (Universalidad), trataré de ampliar la explicación.

Todas las Fedenatación, que incluye la de Panamá, tienen conocimiento de la Universalidad, (Regla 9.3.6.4) de la FINA, por lo que con antelación saben que si aspiran a tener participación en los JO, un requisito ‘sine-qua-non’, es que los atletas, por lo menos uno de cada sexo, en el caso de los JO de Londres 2012, tuvo que haber participado en el XIV ‘CM’ de Natación, Shanghai 2011. También saben que la FINA cubre los gastos del boleto aéreo, hospedaje y alimentación de 3 nadadores. En el caso de la FPN, ustedes lectores deben recordar que participaron Edgar Crespo, Diego Castillo, y sorprendió a todos la presencia de Zamantha Hoss en los 50 y 100 metros Estilo Libre. Cierto, y lo resalté en este espacio, que no tenía el nivel para estar en un ‘CM’, pero al mismo tiempo su presencia le daba una ventaja sobre las demás nadadoras de asistir a los XXX JO de Londres 2012, por llenar la exigencia de la FINA de haber participado en el XIV ‘CM’ de Natación, Shanghai 2011.

Al parecer como Edgar Crespo y Diego Castillo lograron el 1º ,Tiempo OST en los 100 metros Estilo Pecho, y Castillo OST en los 200 metros Estilo Mariposa, seguro que la FPN, optó y tiene su lógica, de obviar solicitar la participación por la vía de la Universalidad. El otro problema hubiese sido que solo se permite inscribir a un hombre y una mujer, y obviamente el hombre hubiese tenido que ser Edgar Crespo por su mejor nivel competitivo. Así es. Para Londres 2012, la Universalidad que es para atletas que no han logrado ninguno de los dos estándares de entrada, es decir, tiempo de OQT o OST, pueden inscribir un hombre y una mujer. La FINA tiene 150 cupos para este propósito, 75 para cada sexo, seleccionados en base a la Tabla de Puntos de la FINA.

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