Comisión de Reforma Electoral acuerda nuevas reglas para elegir al Parlacen

La Comisión Nacional de Reformas Electorales definió cambios en postulaciones, votación y asignación de curules para el Parlamento Centroamericano desde 2029.

Las reformas responden a un fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional la elección mediante lista cerrada

La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) cerró el jueves 12 de marzo su última sesión ordinaria de trabajo con una serie de modificaciones al mecanismo de postulación, votación y adjudicación de curules para los diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen), cambios que se aplicarían a partir de las elecciones generales de 2029.

Las reformas responden al fallo emitido el 17 de julio de 2025 por la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional la elección indirecta de los diputados al Parlacen mediante el sistema de lista cerrada. La decisión obligó a revisar el modelo de elección para ajustarlo a un esquema de votación directa.

Entre los cambios acordados figura la modificación del artículo 513, que establece que las postulaciones a diputado principal o suplente al Parlacen, tanto por partidos políticos como por la libre postulación, se realizarán conforme a los procedimientos internos de cada organización política, garantizando la paridad de género.

La comisión también consensuó que cada lista presentada por los partidos políticos podrá incluir hasta 20 candidatos principales con sus respectivos suplentes. En el caso de las candidaturas por libre postulación, se permitirá la presentación de hasta 20 aspirantes.

Otro de los acuerdos fija el porcentaje mínimo de respaldo ciudadano requerido para las candidaturas independientes al Parlacen. Según el texto aprobado, quienes aspiren por la vía de libre postulación deberán reunir firmas equivalentes al 1.5% de los votos válidos emitidos para el cargo de presidente de la República en la última elección general, celebrada en 2024.

Las reformas también introducen ajustes en las opciones de votación para los electores. Con la modificación del artículo 513-A, los votantes podrán escoger a todos los candidatos de la lista de un solo partido político o seleccionar de manera individual a uno o más candidatos dentro de esa lista. En el caso de los aspirantes por libre postulación, el elector solo podrá votar por un candidato.

Asimismo, el artículo 515, que regula la adjudicación de las curules del Parlacen, fue modificado para establecer un nuevo mecanismo de distribución de los 20 escaños que corresponden a Panamá.

De acuerdo con la propuesta, el total de votos válidos emitidos a nivel nacional se dividirá entre el número de candidatos a elegir, es decir, 20. El resultado constituirá el cociente electoral. Luego, el total de votos válidos obtenidos por cada partido político se dividirá entre ese cociente para determinar el número de curules que le corresponde a cada colectivo.

En el caso de los partidos políticos, la proclamación de los diputados electos se realizará entre los candidatos más votados dentro de la respectiva lista. Para los candidatos de libre postulación, se adjudicará la curul a aquellos que alcancen el cociente electoral con los votos obtenidos individualmente.

Si después de esta primera distribución quedaran curules por adjudicar, estas se asignarán mediante el sistema de medio cociente a cada partido político que no haya obtenido escaños por cociente. De igual forma, podrán participar los candidatos por libre postulación que alcancen al menos la mitad del cociente electoral. La asignación se realizará en orden descendente según el total de votos válidos obtenidos.

En caso de que aún queden curules vacantes, estas se distribuirán mediante el método de resto mayor de votos, también en orden descendente, tanto para partidos políticos como para candidatos independientes. Para los partidos, se descontarán previamente los votos utilizados para la adjudicación por cociente y medio cociente.

Las reformas también añaden un cambio al artículo 516, que establece que la asignación de las curules y la proclamación de los diputados al Parlacen estarán a cargo de una Junta Nacional de Escrutinio, que se instalará para recibir y escrutar las actas correspondientes a esta elección.

Además, se dispone que el conteo de los votos para este cargo será la última labor que se realice en las mesas de votación durante la jornada electoral. Con estas modificaciones, la Comisión Nacional de Reformas Electorales concluye su etapa de sesiones ordinarias con propuestas orientadas a ajustar el sistema electoral a los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia.

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