Costos del TAD

Actualizado
  • 21/10/2008 02:00
Creado
  • 21/10/2008 02:00
El Sr. Vanegas viajó a un Congreso de la UPJ en República Dominicana y anunció que de allí se trasladaría a Bangkok, Tailandia, ¿quién c...

El Sr. Vanegas viajó a un Congreso de la UPJ en República Dominicana y anunció que de allí se trasladaría a Bangkok, Tailandia, ¿quién cubrió los costos de estos viajes, y si es PanDeportes, de que renglón?.

Quizás los lectores desconocen que el proceso de Arbitraje Deportivo del Tribunal de Arbitraje Deportivo, (TAD), en Lausana, Suiza, conlleva una serie de costos, que tienen que ser pagados por las partes que se someten a este proceso.

En el caso del fallo parcial a favor del Sr. Miguel Vanegas, de revocar el acto de reconocimiento que la “FI” de Judo hizo en su Asamblea del 2007, en Sao Paulo, Brasil, a favor de la FPJ que preside Ernesto Arce, los puntos 112 al 114 del fallo detalla los gastos incurridos y cómo se deben pagar.

Informo que en el caso de Panamá, el demandante fue Miguel Vanegas y la UPJ, y el demandado fue la “FI” de Judo. Rosa Santamaría de Panamá, asistió como testigo de la “FI”. La defensa del abogado de la “FI” de Judo fue frágil. No utilizó la Carta Olímpica para invalidar argumentos débiles, y eso aportó a este triunfo pírrico de Vanegas y la UPJ.

El punto 112 del TAD dice: “Al final del proceso, la oficina del TAD determinará la cifra final del costo del arbitraje, que debe incluir: 1) Costos de la oficina del TAD. 2) Costos administrativos del TAD calculado de acuerdo con la tarifa del TAD. 3) Costo y honorarios de los árbitros calculado de acuerdo con la escala del TAD. 4) Una contribución a los gastos del TAD, y costos de los testigos, expertos e intérpretes.

La cuenta final del arbitraje estará incluida o comunicada por separada a las partes”. PUNTO 113: “La decisión del arbitraje determinará cuál de las partes correrá con los costos o qué proporción, será dividida entre las partes.

Como una regla general, el costo será otorgado a la parte prevaleciente, una contribución a los gastos legales y otros gastos incurridos en conección del procedimiento y en particular, los costos de los testigos e intérpretes”.

PUNTO 114: “En el caso presente, y después de tomar en consideración las provisiones arriba mencionadas, en particular, el hecho de que la apelación ha sido sólo mantenida en forma parcial, el panel considera que es razonable que las DOS PARTES compartan en PARTES IGUALES los costos del arbitraje, como ha sido calculado por la oficina del TAD”.

La pregunta es: ¿Si el DG de PanDeportes respalda al Sr. Vanegas, usará o no fondos del Estado para pagar esa acción de tipo privada, o lo hará la “UPJ?. No está claro. Por otro lado, hoy será la Asamblea de la “FI” de Judo, en Bangkok, Tailandia, previo al “CM” de Judo Juvenil (23-26 Oct.). Bangkok podría ser la última cena de Vanegas y Jaime Casanova.

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