¿Mike, Mendoza y Sasso a juicio?

Actualizado
  • 18/05/2009 02:00
Creado
  • 18/05/2009 02:00
Hay dos aspectos que amerita resaltar, el primero es aquella frase que pregona que: “La justicia tarda pero siempre llega”. La segunda e...

Hay dos aspectos que amerita resaltar, el primero es aquella frase que pregona que: “La justicia tarda pero siempre llega”. La segunda es la frase del colega Escolástico “Fulele” Calvo que dice: “Los carniceros de hoy serán las reses de mañana”. Pues, no era nada casual la sonrisa tanto del Sr. Miguel Vanegas como su aliado Ricardo Sasso, que se sienten “intocables” porque en el Juzgado 3º de Circuito Penal, habían dictado un sobreseimiento, avalando su retiro y uso de fondos del COP, del Banco Nacional.

Los hechos: el 13 de septiembre 2006, se hizo el cheque 001 de la Cuenta N° 02-06-0422-0, a nombre de Miguel Vanegas por $70,000.00, que fue firmado por Ricardo Sasso, y Miguel Vanegas, y el cheque 0064 de la misma cuenta, el 28 de marzo 2007, por 42,600.00 a nombre de Miguel Vanegas, y firmado por Ricardo Sasso y José Mendoza.

Esos fondos provenían del Punto 4 de los Programas Mundiales que maneja Solidaridad Olímpica del COI, y apoyo a los Comités Olímpicos reconocidos por el COI, y de Programas Continentales que maneja “SO” Panamericana, que dirige la ODEPA. Los fondos son entregados a los CON por el COI, único organismo facultado para reconocer a un CON, conforme los Artículos 28 y 29 de la Carta Olímpica, status que nunca ha tenido Miguel Vanegas, ni los directivos de su Comité Olímpico de probeta.

Sustento: Vanegas comenzó por enviar una carta al Sr. Peré Miró “DG” de Solidaridad Olímpica del COI al tenor siguiente: “Como nuevo presidente del Comité Olímpico de Panamá, conforme documento del Registro Público de Panamá, solicito me envíen cuanto antes, los programas sobre cursos, seminarios y becas olímpicas”. Nunca recibió respuesta. Luego el 14 de Sep. 2006 envió una carta al Dr. Jacques Rogge, Pres. del COI así: “El día 25 de agosto y el 7 de septiembre del año en curso, le remitimos a usted vía FAX sendas misivas.

En esas oportunidades le adjuntamos algunos documentaciones, entre ellas la Certificación del Registro Público de la República de Panamá, que acredita a mi persona como presidente y representante legal del Comité Olímpico de Panamá y su Junta Directiva”. El 20 de Sep. 2006, el Pres. del COI le respondió así: “Muy señor mío: Como sabe Ud., el nombramiento de Presidente de un Comité Olímpico Nacional ha de ajustarse a las estipulaciones de la Carta Olímpica”. Así fue.

La alegría de Vanegas, Sasso y Mendoza se ha convertido en “mueca”, pues, el Segundo Tribunal Superior revocó el auto de sobreseimiento dictado a la ligera en el Jugzado 3º de lo Penal, y ordenó una ampliación de las sumarias. La defensa del COP había advertido que no se podía dictar ese sobreseimiento a sabienda que había una solicitud de la Fiscalía pidiendo un Informe de Auditoría sobre el manejo de los fondos(112,600.00) que alegremente usaron. Sospecho que el resultado no fue nada “bonito”, y estos señores bien pueden ser llamados a juicio por el uso indebido de fondos. (Continuará)

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