El CAS revocó su fallo a los atletas rusos

Actualizado
  • 10/02/2018 01:01
Creado
  • 10/02/2018 01:01
Aunque el CON de Rusia fue suspendido, el COI no vetó la presencia de atletas individuales en los 23° JO de Invierno

Si hay algo que debe llenar de satisfacción a todos los que creemos en el Movimiento Olímpico, es que pese a como señalé y reitero, que la postura complaciente del Presidente del COI, Thomas Bach con el Presidente de Rusia, Vladimir Putin, y el señalamiento de Richard ‘Dick' Pound, de Canadá, el Decano de COI, al ser miembro desde 1978, tiene título de Contador obtenido en 1964, y de abogado en 1968. Fue uno de los genios financieros del COI, ya que después de la pérdida económica en los JO de Montreal, Canadá, en 1976, nadie quería ser sede de los XXIII JO de Verano que aceptó Los Ángeles como sede en 1984; al decir: ‘creo que una buena parte del mundo, y para los deportistas del mundo, el COI no solo fracasó en proteger a los deportistas, sino que facilitó que los atletas tramposos salgan ganando ante los atletas limpios'.

En todo esto creo que el CAS, quedó altamente cuestionado, al aceptar otras dos demandas del CON de Rusia, para que sus atletas participaran en los XXIII JO de Invierno, conociendo la decisión tomada en forma unánime por el Panel de Revisión del COI, presidido por el Dr. Valeria Fourneyron, que no extenderán la invitación para que los atletas suspendidos de Rusia participen.

A dos días de la inauguración de los 23° JO de Invierno, el CAS aceptó otras dos demandas presentadas por los atletas de Rusia, y fallaron el mismísimo día de la inauguración, (9 de febrero).

En esta opinión con sensatez, haciendo las cosas en forma correcta. Felizmente se pudo dar la Ceremonia de apertura, como fue programada de estos JO de Invierno.

He aquí el orden, en especial de los países latinos y de América, en el desfile con los portadores de su respectivo Emblema Nacional en la Ceremonia de Apertura de los 91 países, presentes en PyeongChang 2018. México, N°19, Bolivia, N°31, Brasil, N°33, Argentina N°43, Chile, N°67, Colombia, N° 72, y Puerto Rico, N°84.Del resto de América. Estados Unidos, N°26, Bermudas, N°27, Belarus, N°29, y Canadá, N°69. Otros participantes, N°55, bajo la bandera de ‘Atletas Olímpicos de Rusia', desfilaron los pupilos de Vladimir Putin. En el último lugar, N°91, y desfilaron como un solo país, las dos Coreas.

Comparto el Comunicado de Prensa recibido del Tribunal de Arbitraje Deportivo, el mismo 9 de febrero, fecha de la inauguración de los JO, donde reculó, lo que es una aceptación de su error. Dice. Comunicado de Prensa.

División AD Hoc de los JO de Invierno, PyeongChang 2018: ‘Las Aplicaciones sometidas por los atletas rusos y entrenadores, han sido descartadas, el 9 de febrero de 2018.

La División Ad Hoc de la Corte de Arbitraje Deportivo, (CAS), descartó la aplicación presentada el 6 de febrero por 32 atletas rusos contra el Comité Olímpico Internacional, (COI), CAS OG 18/02.

También descartó la aplicación presentada el 7 de febrero de 2018, por 15 atletas de Rusia y entrenadores, contra el COI, (CAS OG 18/03).

Los solicitantes desafiaron la decisión del COI de no invitarlos a participar en los JO de Invierno del 2018.

La decisión del COI, rechazando a invitarlos a participar en los JO de Invierno, y solicitaron que el CAS revocara esa decisión.

En sus decisiones, los árbitros del CAS han considerado que el proceso creado por el COI para establecer una lista de invitación de los atletas de Rusia, para competir como atletas olímpicos de Rusia, no podría describirse como una sanción, sino más bien como una decisión de elegibilidad. Pese a que el CON de Rusia estaba suspendido; no obstante, había una oferta a los atletas individuales de participar en los JO de Invierno, bajo condiciones prescritas, un proceso que fue diseñado para balancear el interés de la lucha global del COI de combatir el dopaje, y los intereses de los atletas individuales de Rusia. (Agrego que el CAS despertó en esta mea culpa, recordando así, las Recomendaciones 15 al 18 de las Reformas de la Agenda Olímpica 2020, dirigidas a proteger a los atletas limpios).

En la audiencia los demandantes tuvieron que reconocer que el COI tiene la habilidad de instituir ese proceso. Ojalá que todos hemos aprendido de esto, y que el CAS/TAS, admite que sus árbitros fallaron. Tomen nota.

COCTEL DEPORTIVO

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