Cárteles en materia de libre competencia

Actualizado
  • 04/07/2015 02:00
Creado
  • 04/07/2015 02:00
Para detectar la existencia de cárteles es necesario contar con información del comportamiento del mercado

En economía, la palabra cartel o cártel se utiliza para denominar un acuerdo informal entre empresas del mismo sector, cuyo fin es reducir o eliminar la competencia en un determinado mercado.

En ese sentido, Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia Acodeco, actuando de conformidad con el artículo 13 de la Ley 45 de 31 de Octubre de 2007, investiga las prácticas monopolísticas absolutas que se realizan entre agentes económicos competidores entre sí, o a través de asociaciones que tengan por objeto el acordar o fijar precios, el repartirse el mercado de productos, el limitar la producción de bienes, así como presentar ofertas colusorias en licitaciones públicas; prácticas todas que son conocidas, internacionalmente, como de carteles de núcleo duro y que son consideradas las más fuertes en materia de libre competencia.

De lo anterior se colige, que un cartel en materia de libre competencia viene a ser aquel grupo de empresas que actúa ilícitamente con la intención común de obtener beneficios que no alcanzarían independientemente, fijando precios, repartiéndose y distorsionando el mercado de bienes y servicios. Estos beneficios para dichas empresas que se coluden, producen una afectación directa a los consumidores, a la libre oferta y demanda de bienes y servicios, encarecen los precios de los productos, haciéndolos en ocasiones inaccesibles.

Para saber si estamos ante la presencia de un cartel de empresas, en materia de libre competencia, debe cumplirse alguna de las conductas antes mencionadas. Ahora bien, para detectar la existencia de carteles es necesario contar con información del comportamiento del mercado, si existen alzas en los precios, si han fluctuado algunas condiciones de venta, si no hay otros competidores en el mercado que ofrezcan dicho producto, si los productos son homogéneos, si hay sustituibilidad de los mismos por otros, si existen pocas empresas que ofrezcan dichos servicios, en fin, hay que investigar el comportamiento de dichos agentes económicos en ese mercado. Estas condiciones económicas son elementos que evidencian la posible existencia de un cártel entre competidores.

Para acreditar la existencia de dicho cartel es necesario obtener pruebas, por lo que se realizan diligencias exhibitorias, autorizadas por los juzgados especializados en materia de libre competencia, a fin de recopilar la mayor cantidad de evidencia posible, documentación física y electrónica, se toman también declaraciones testimoniales, las que nos lleven a determinar que se fijó un precio o se repartió un mercado de productos o servicios. Estos elementos nos llevan a colegir que existió un intercambio de información constante y sensible entre las empresas que conforman el cartel.

Sin embargo, para demostrar que se cometió una práctica anticompetitiva, originada por un cartel de empresas, hay que presentar demanda ante los Juzgados especializados en libre competencia. Cabe señalar que para este tipo de procesos, por la comisión de prácticas monopolísticas absolutas, no se requiere que se demuestre el efecto producido, esta práctica es ilegal per se, o sea, el solo hecho de darse y de acreditarse mediante pruebas la existencia de un cartel de empresas que fija precios o se reparte el mercado es suficiente para demostrar que es una práctica anticompetitiva y por ende sancionable por Acodeco con multas de hasta un millón de dólares.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE LA COMPETENCIA

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