De vuelta a clases

Actualizado
  • 09/01/2016 01:00
Creado
  • 09/01/2016 01:00
En 2015 la Acodeco impuso 35 sanciones contra colegios particulares por fijar alza ilegal

Durante el año 2015, Acodeco obtuvo importantes pronunciamientos de los tribunales de justicia en materia de colegios particulares, después de las más de 19 demandas presentadas ante los tribunales de justicia. Se reconoció la competencia de la institución para atender los reclamos por la falta de coordinación, formalidad que era incumplida por algunos colegios particulares conforme el artículo 130 de la Ley 47 de 1946, y por otro lado, porque fue durante ese año que se alcanzaron las primeras decisiones de fondo que concluyeron la ilegalidad de la comunicación del aumento, es decir, que los colegios demandados no podían cobrar el nuevo precio, pues no se había cumplido con la ‘coordinación' que dispone la ley de educación.

Las decisiones obtenidas de parte de los tribunales, son de trascendental importancia, pues reconocen la vinculación que existe entre el proceso de fijación de precios como es el caso de la coordinación que dispone el artículo 130 de la Ley de Educación, y su incidencia en la legalidad o ilegalidad del cobro realizado a los consumidores, producto de la omisión en la formalidad, pues lo que existía era una simple comunicación de aumento, lo que dista de una ‘coordinación' con la asociación de padres de familia y el Ministerio de Educación. Son estas acciones las que impulsaron algunos de los conceptos recogidos en la reglamentación de la precitada norma legal, como el principio oportunidad, que fue reiterativamente expuesto en las decisiones administrativas de la Autoridad, que consiste en brindarle al consumidor información —sobre el aumento de los costos— con la suficiente antelación, de manera que cuente con el tiempo suficiente para que en caso de no poder asumirlo, aún tenga la posibilidad de matricular a su acudido en un colegio de similares características.

Por otro lado, durante el año 2015, se impusieron 35 sanciones en virtud de procesos de investigación administrativa contra colegios particulares, cifra récord, mismas que representan multas por valor de veintiséis mil ciento cincuenta balboas, por violación de las normas de protección al consumidor en virtud de la realización de ventas atadas, por el cobro de sumas no contratadas, y por falta de información clara y veraz, entre otras.

Es importante que el consumidor conozca sus derechos de manera que pueda ejercer las acciones de reclamo o interponer las denuncias, que permitan una investigación administrativa, para ello es fundamental contar con información precisa de la situación y con el mayor detalle posible. Las denuncias pueden ser formuladas de manera anónima, en cualquiera de la oficinas de Acodeco a nivel nacional, a través de la línea telefónica 130, de las redes sociales en Facebook y Twitter @acodecoresuelveo completando el formulario en la página web www.acodeco.gob.pa

Pronto iniciarán las clases, exija y revise su contrato escolar, es obligación del colegio particular extender un contrato con todas las condiciones del servicio. Programar las compras y comparar precios es fundamental para que no pague de más, también es de gran importancia que conozca la lista de productos que están exonerados del impuesto de ITBMS (7%), la que está a disposición de los interesados en las oficinas de la ACODECO, y recuerde que algunos productos están exonerados pero hasta un determinado valor, como es el caso de las zapatillas($30), los zapatos ($40), la correa ($15), el bolígrafo ($1), goma de pegar($2), en ningún caso la exoneración se limita por marca, todas están alcanzadas por la exoneración.

Visite la página web: www.acodeco.gob.pa, en Twitter @acodecoresuelve y en Facebook acodecoresuelve

Y recuerde ¡Un consumidor informado, tiene poder!

DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA ACODECO

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El año pasado la Acodeco atendió más de 19 demandas ante los tribunales judiciales en contra colegios particulares.

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