ACP dice a DGI que cumple con la ley y rechaza reclamo

Actualizado
  • 28/09/2016 02:00
Creado
  • 28/09/2016 02:00
La DGI ordena a la ACP el pago al fisco la cantidad calculada después de practicar una auditoría a sus cuentas

‘La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) en todo momento ha cumplido y seguirá cumpliendo con sus obligaciones establecidas en la Constitución y las normas legales que le sean aplicables', declaró este martes el administrador de la vía interocéanica, Jorge Luis Quijano, sobre el reclamo de $3.9 millones presentado por la Dirección General de Ingresos (DGI).

Quijano añadió que la ACP, después de conocer la resolución de la entidad recaudadora, ‘presentó el recurso pertinente conforme a Ley solicitando la revocatoria de dicha resolución.'

Según la DGI, en resolución emitida el pasado 8 de agosto, la ACP incumplió su obligación de retener el Impuesto sobre la Renta a los pagos realizados a proveedores no residentes en el país, cuando los montos se consideran de fuente panameña, situación que se da, dicen, cuando quien paga es una entidad del Estado.

La DGI ordena a la ACP el pago al fisco la cantidad calculada después de practicar una auditoría a sus cuentas ‘para revisar con detalle el tratamiento que la ACP estaba dando a las retenciones de Impuestos sobre la Renta, de acuerdo a lo que establece la Ley 27 del 4 de mayo de 2015, reglamentada por el Decreto Ejecutivo No. 263 del 17 de junio del mismo año.

La DGI solicita la recaudación del periodo que va de mayo a diciembre de 2015 y los meses de enero a marzo de 2016, además del cumplimiento de la ley y su reglamento a partir del mes de abril de 2016 y en lo subsiguiente.

‘Los especialistas de la Administración del Canal tienen una interpretacion distinta a la expresada por la DGI; sin embargo, como uno de los pilares de la ACP es la legalidad, se pedirá una reconsideración a la DGI para estar seguros del criterio que aplica', añadió Quijano sobre este caso que, reiteró, se resolverá apegados a la ley.

‘Estén seguros de que si hay algo que reintegrar, lo haremos, pero —insisto— hemos actuado apegados a la interpretacion de nuestros especialistas sobre esa norma', añadió el administrador a preguntas de los periodistas, a propósito de un encuentro en la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá.

La DGI propone a la ACP pagar el dinero que se le reclama independietnemente que luego la entidad lo exiga a sus proveedores y rechaza la posibilidad de descontar los montos correspondientes a las retenciones señaladas de los diversos aportes que son pagados al tesoro nacional ‘por cuanto ello implicaría que el pueblo panameño sería quien soportaría el pago' ordenado.

El ministro Dulcidio de la Guardia, de quien depende la DGI, consultado sobre este diferendo, señaló que por ser una ‘negociación privada', no podía emitir ningún comentario.

Según De La Guardia, de pronunciarse de alguna manera, ‘estaría faltando a la ley'.

Contra la resolución de la DGI, proceden, en la vía gubernativa los recursos de reconsieración y de apelación, que debería ser sustentado, éste último, ante el Tribunal Administrativo Tributario, tras la notificación de reconsideración, si procede.

La DGI mantiene que la ACP es una persona jurídica autónoma de Derecho Público sujeta al campo de acciónde las normas legales y reglamentarias bajo las que dice proceder.

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