Cuidados ante nuevas tendencias para la contratación en el consumo

Actualizado
  • 14/01/2017 01:00
Creado
  • 14/01/2017 01:00
La innovación en la tecnología ha cambiado la forma en la que los consumidores y los proveedores contratan

La innovación en la tecnología ha cambiado la forma en la que los consumidores y los proveedores contratan. Sin embargo, la inmediatez en la adquisición de bienes y servicios no debe interpretarse como equivalencia a la capacidad de resolver una controversia entre las partes con ausencia de pruebas.

Hace algunos años era impensable considerar que se pudiese consentir en la adquisición de un bien o servicio a través de la aplicación de Whatsapp, sin embargo ahora es común que los vendedores aborden a los consumidores a través de esta herramienta de comunicación. Estos cambios en los modos de contratación exigen que los consumidores asumamos mayores cuidados y no perdamos la perspectiva de la necesidad de demostrar ciertos aspectos a la autoridad, si deseamos dejar por sentado ciertos hechos para defender nuestra causa.

Se han visto casos en los que los consumidores manejan toda la contratación por medio de Whatsapp con un supuesto empleado de determinada empresa, incluso llegando a contratar la entrega de un cheque para adquirir el servicio emitido por el consumidor a favor de una persona ajena a la empresa pero amiga del colaborador del agente económico. Posteriormente, el consumidor no recibe el servicio supuestamente contratado, pero no se le puede resolver el caso a su favor porque dicho consumidor no tomó los cuidados pertinentes para evitar la estafa. Se confió en la inmediatez que provee la aplicación para la comunicación vía chat y la comodidad de no tener que moverse de su casa para el pago.

Es por ello que en Acodeco recomendamos que, en caso de duda, se proceda a consultar a nuestro equipo de trabajo, cuyo primer frente es nuestro Departamento de Atención al Cliente, cuya línea telefónica de atención al consumidor es 130, con el fin de evitarse disgustos, contratiempos y la pérdida de su dinero por transacciones realizadas sin un respaldo para el reclamo.

En ese sentido, reiteramos la importancia de meditar bien la propuesta que nos hace un agente vendedor, puesto que debemos tener siempre presente que no basta tener la razón en una eventual discusión, sino que necesitamos tener también la manera de demostrar nuestro derecho ante la autoridad y, además, no suponer que por venir la propuesta por parte de un colaborador de una empresa, dicha empresa automáticamente va a asumir el costo de la transacción fallida, pues en caso de que se estime que el consumidor no tomó la debida precaución en la contratación, podría entonces este asumir la responsabilidad por dicho descuido.

Lea siempre su contrato, y repase su contratación asumiendo el peor escenario, principalmente en caso de inversión de fuertes sumas de dinero y, de ser necesario, busque la opinión de nuestro equipo de trabajo, ya sea a través de nuestra cuenta de Twitter @AcodecoResuelve, nuestra línea de atención al cliente 130, nuestra cuenta de Facebook Acodeco Resuelve o visitándonos en nuestras oficinas, puesto que ‘Un consumidor informado, tiene poder'.

ASESORA DEL DESPACHO SUPERIOR – ACODECO

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