MICI advierte sobre estafas en el cobro de regalías por derechos de autor

Actualizado
  • 02/07/2018 15:14
Creado
  • 02/07/2018 15:14
 Informó a la ciudadanía en general que solo existen cuatro entidades de gestión colectiva autorizadas para el cobro de regalías.

La Dirección de Derecho de Autor del Ministerio de Comercio e Industria (MICI) advirtió sobre  posibles estafas en el  cobro de regalías por derechos de autor, por parte de personas no autorizadas.

En este sentido,  informó a la ciudadanía en general y en particular a las empresas que hacen uso de obras protegidas, que solo existen cuatro entidades de gestión colectiva autorizadas para el cobro de regalías.

"La Dirección de Derecho de Autor del Ministerio de Comercio e Industria (MICI) tiene informes sobre situaciones irregulares que se están suscitando con el cobro, por parte de personas no autorizadas, de las regalías de derecho de autor", dijo la Dirección de Derecho de Autor del MICI en un comunicado.

El artículo 138 de la ley 64 especifica las entidades que están facultadas para recaudar y distribuir las remuneraciones correspondientes a la utilización de las obras, producciones y demás prestaciones protegidas, cuya administración se le haya confiado en término de la presente ley.

Y que éstas deben contar con una licencia otorgada o contrato de licencia por la entidad de gestión colectiva y que  la ley establece en su artículo 133, que estas entidades están conformadas para defender los derechos patrimoniales de los autores o titulares de derecho correspondiente tanto a sus asociados o representados, como los afiliados a otras sociedades extranjeras, señaló la directora de Derecho de Autor del MICI, Isis Rivera González,

Las sociedades de gestión colectivas no son más que asociaciones civiles sin fines de lucro que tienen como objetivo la administración de los derechos patrimoniales del titular de derecho de autor y derechos conexos.

Las entidades autorizadas para esta gestión son: la Sociedad Panameña de Autores y Compositores (SPAC), la Sociedad Panameña de Productores Fonográficos (PRODUCE), la Asociación Panameña de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (P.A.N.A.I.E) y la Asociación de Editores y Autores de Panamá (SEA Panamá).

"Estas entidades de gestión colectiva están autorizadas o más bien se formalizan, una vez adquieren la personería jurídica que le otorga el Ministerio de Gobierno, y deben presentar esta autorización a la Dirección de Derecho de Autor del MICI, igualmente con los estatutos apegados a lo que señala la ley 64 del 10 de octubre de 2012, de esta manera quedan facultadas para funcionar en todo el territorio nacional", explicó la funcionaria.

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