Ley de Consejo Fiscal incluye exoneración para el cuarto puente

Actualizado
  • 14/08/2018 02:00
Creado
  • 14/08/2018 02:00
El proyecto de ley 565, que crea el Consejo Fiscal, también incluye un artículo para exonerar del ITMBS al concesionario, contratista y subcontratistas que construirán el cuarto puente sobre el Canal

El consorcio Panamá Cuarto Puente, que se adjudicó la construcción de la obra por $1,420 millones, todos sus subcontratistas y además la concesionaria, que sería ENA Oeste, S.A., quedarían exonerados del pago del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS).

Esto según el artículo 4, filtrado en el proyecto de ley 565 propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en octubre de 2017 y cuya carátula principal y título describe la creación de un Consejo Fiscal.

El entonces ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio de La Guardia, sustentó el proyecto con la necesidad de establecer normas, principios y metodologías para consolidar la disciplina fiscal en la gestión financiera del sector público, creando un Consejo Fiscal que tendría independencia financiera para evaluar la política macrofiscal, el cumplimiento de éstas, la discusión pública del presupuesto estatal y su ejecución.

¿CAMARÓN?

La exoneración del ITBMS para el contratista y subcontratistas que construyan el cuarto puente fue incluida en un artículo de la Ley que crea el Consejo Fiscal

El sacrificio fiscal incluiría todos los equipos y materiales usados para la construcción del puente durante los años que dure la construcción de la obra.

Pero el mismo proyecto, bajo el carácter de ‘otras disposiciones' propone la exoneración del ITBMS a la concesionaria, contratista y subcontratistas del proyecto cuarto puente,

La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, presidida en ese entonces por la diputada Dana Castañeda, acogió el proyecto y delimitó la exoneración a los ‘bienes y servicios que adquieran el contratista y los subcontratistas exclusivamente para el proyecto del cuarto puente'.

El proyecto fue discutido en segundo debate en días pasados, sin embargo ni los comunicados de la Asamblea ni los del MEF hacen referencia al avance o modificación de esta exoneración que, de aprobarse, representaría un sacrificio fiscal diferido importante, porque implicaría exonerar todos los materiales y servicios utilizados durante todos los años que dure la construcción de dicha obra.

Según Castañeda, ‘ante los cuestionamientos públicos' por el costo del proyecto y el contratista, ‘muchos diputados' pidieron que se sacara ese artículo. ‘Está en segundo debate sin ese artículo', dijo la diputada; sin embargo, el proyecto de ley fue aprobado en primer debate en marzo con ese artículo incluido. El MEF confirmó que el proyecto de ley mantiene ese artículo ‘según fue aprobado en primer debate' y que como se encuentra en segundo debate, ‘puede tener modificaciones'.

La DGI ya otorga exenciones del ITBMS, impuestos de importación, reexportación y porcentajes variables del impuesto sobre la renta a contratos de concesión administrativa para la ejecución de obras de interés público, entre ellas carreteras y autopistas.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus