DGI y banca revisan reglamentación del impuesto inmueble

Actualizado
  • 19/12/2018 01:00
Creado
  • 19/12/2018 01:00
Una vez culmine la revisión, estos serán debidamente comunicados y divulgados, para el conocimiento de la ciudadanía.

El Ministerio de Economía Finanzas (MEF), con el fin de dar estricto cumplimiento al contenido de la Ley 66 de 2017, mantiene una revisión con los bancos, ahora agentes retenedores, para coordinar los ajustes que sean necesarios, según lo contemplado en el Decreto Ejecutivo 362 de 2018.

El Decreto 362 reglamenta el mecanismo de retención de impuesto de inmuebles, del cual serán objeto los bienes inmuebles y sus mejoras.

Una vez culmine la revisión, estos serán debidamente comunicados y divulgados, para el conocimiento de la ciudadanía.

En su comunicado, el MEF informó que ‘es importante destacar que esta figura solamente se aplicará en los casos de segundas viviendas o propiedades dedicadas a la actividad comercial que mantengan hipoteca con los bancos. Las viviendas inscritas como principales o como patrimonio familiar no entran en este mecanismo de retención'.

El objetivo principal es alcanzar un acuerdo favorable para todas las partes involucradas, de manera que al final se logre establecer un mecanismo de cobro que facilite el pago de este impuesto a los contribuyentes.

El MEF mantiene su compromiso de dar cumplimiento a la Ley 66 de 2017, la cual tiene su fundamento en el artículo 52 de la Constitución Nacional y contempla grandes beneficios para toda la ciudadanía.

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