Cuestionan anteproyecto que prorroga pago del capital de valores registrado en la SMV

Actualizado
  • 22/04/2020 20:34
Creado
  • 22/04/2020 20:34
Los organizaciones del sector dicen haber tomando con la mayor seriedad y responsabilidad las medidas que corresponden dentro del marco legal vigente

Las entidades y gremios vinculados con el mercado de valores, cuyos miembros representan a los principales sectores que intervienen en el mercado de capitales en la República de Panamá, expresaron su oposición y rechazo al anteproyecto de ley 413 presentado a consideración de la Asamblea Nacional por diputados oficialistas.

El anteproyecto de ley impulsado por los diputados Miguel Fanovich, Corina Cano, Manolo Ruiz y el segundo vicepresidente de la Asamblea Nacional, Tito Rodrigez; todos del Molirena, busca prorrogar automáticamente el pago de capital de aquellos valores registrados en la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) como medida, para la protección y mitigación de los efectos causados por la pandemia del COVID-19.

No obstante, en un comunicado avalado por la Cámara Panameña de Mercado de Capitales, la Cámara de Emisores de Valores de Panamá, la Cámara Panameña de Administradores de Sociedades de Inversión y Fondos de Pensión y la Bolsa de Valores de Panamá; se destaca que en respuesta a la pandemia, esta industria, incluyendo la Superintendencia del Mercado de Valores (como Ente Regulador de esta materia), ha estado tomando con la mayor seriedad y responsabilidad las medidas que corresponden dentro del marco legal vigente.

Estas acciones aseguran, se dan con el objeto de proteger y respetar los derechos de los participantes del mercado, particularmente de los protagonistas, a saber, inversionistas y emisores.

Señalan por ejemplo, que mediante el Acuerdo No. 3-2020 (el cual fue promulgado el 24 de marzo de 2020), la Superintendencia del Mercado de Valores, amparada por una ley robusta y moderna, dictó reglas de aplicación temporal que facilitan las gestiones que pueden llevar a cabo, de común acuerdo, los emisores de valores que así lo requieran y sus inversionistas para reformar o liberar ciertas obligaciones de los emisores, incluyendo de pago de capital e interés, con el objeto de mitigar los efectos de la pandemia en sus operaciones, respetando los derechos de los inversionistas.

Indican que a la fecha, al menos una docena de emisores se han acogido al proceso abreviado y expedito contemplado en dicho acuerdo, varios de los cuales ya han sido aprobados por los inversionistas requeridos en cada caso y por la Superintendencia del Mercado de Valores.

“Es muy importante tener presente que los mercados de capitales están cimentados en la confianza y en nuestro caso inversionistas domésticos, regionales y mundiales han depositado la suya por la robustez de nuestro sistema y la seguridad jurídica que históricamente ha imperado”, señalaron estas organizaciones.

Qué dice el anteproyecto

El anteproyecto cuestionado, señala que las emisiones de valores registradas en la Superintendencia del Mercado de Valores y que hayan sido negociadas y colocadas a través de la Bolsa de Valores u otro Mercado Organizado, quedarán prorrogadas en la fecha de vencimiento y pago establecida de sus obligaciones, por un periodo máximo prorrogable de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha en que se debió consignar el pago de sus obligaciones, siempre que estos pagos se debieran efectuar durante los meses de abril a junio del año 2020. 

De igual manera se indica que las emisiones contempladas por la moratoria establecida en esta Ley, deberán mantener la obligatoriedad del pago de los intereses de acuerdo al prospecto original. 

También se establece que durante este periodo de prórroga no procederá la declaratoria de plazo vencido de estas obligaciones por parte de los tenedores de estos títulos valores. 

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