'Incapacidad por covid-19 se maneja igual que otra enfermedad', aseguró el Mitradel

Actualizado
  • 26/01/2022 12:36
Creado
  • 26/01/2022 12:36
Incluso, la certificación como recuperado de covid-19 cuenta como incapacidad, dijo el asesor del despacho superior del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Carlos Ayala

A casi dos años de que se declaró la pandemia de la covid-19, la avalancha de contagios no se detiene; y al la persona resultar positivo en la prueba y tener que permanecer en aislamiento o cuarentena durante varios días,  surge la interrogante sobre: ¿cómo se manejan las incapacidades por esta enfermedad?, principalmente, entre  la población económicamente activa. 

El asesor del despacho superior del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), Carlos Ayala, dijo que "las  incapacidades por covid-19 se manejan igual que cualquier otra enfermedad". 

Es decir que "si el trabajador tiene sus días de incapacidad acumulados  por pago del Seguro Social, entre empleador y trabajador (que son hasta 18 días al año), debe cubrir la incapacidad laboral por  la enfermedad de covid-19, como regla general", explicó a Televisora Nacional, el también abogado laboralista, quien además aseguró que "la certificación como recuperado de covid-19 cuenta como incapacidad".

Aclaró que la cuarentena  preventiva  ahora es de cinco días y la incapacidad (por prueba positiva de contagio de covid-19)  es de siete días a partir del Decreto Ejecutivo No.5 del 24 de enero de 2022. 

Y, "como esa incapacidad o esa cuarentena o confinamiento  es producto de una enfermedad (covid-19); por lo tanto, debe ser pagada por el empleador bajo los términos de acumulación de los días de incapacidad que se han ido pagando, entre empleador y trabajador, a la seguridad social (Caja de Seguro Social)" como lo dicta el Código de Trabajo y las normas de seguridad social, sostuvo Ayala.

Pero en caso de que el empleador no esté al día con el pago de las cuotas, Ayala dijo que  éste "tiene que pagar obligatoriamente (la incapacidad al trabajador),  porque su responsabilidad es cobrar la parte del trabajador  y su parte llevarla a la Caja de Seguro Social. El Código de Trabajo dice que... si el Seguro no le puede pagar la incapacidad (al trabajador) es solo por esa razón (el empleador no está al día con las cuotas),  y entonces corresponde al empleador pagarlo".

Respecto al aislamiento por contacto estrecho, dijo que "la legislación no tiene previsto esta incapacidad o  cuarentena"; sin embargo, recordó  que "la cuarentena se viene dando desde el principio de la pandemia (originalmente eran catorce días de aislamiento, luego diez y ahora siete), y lo que se hacía, era que  los trabajadores y empleadores se ponían de acuerdo; y eso es lo que estamos sugiriendo ahora en el Ministerio de Trabajo para ver cómo se resuelve el pago o no de esos cinco días".

El alto funcionario mencionó que, incluso, si la persona que está aislada  no tiene problemas  de salud podría  hacer teletrabajo o el empleador podría considerar un permiso  o si  lo paga tiempo por tiempo.

En caso de que el trabajador resulte positivo y lo aíslan, pero ya no tiene días de incapacidad acumulados, "si el empleador está al día en el pago a la Caja de Seguro Social, entonces el Seguro Social debe cubrir la diferencia de los días de incapacidad". 

Al año, el trabajador tiene derecho a 18 días de incapacidad, y si no utiliza ninguno al año, se acumulan para el segundo  y tercer año. De lo contrario, es borrón y cuenta nueva, puntualizó Ayala.

Ómicron presiona el sistema de atención primaria

Con el aumento de casos positivos, principalmente de la variante ómicron, también han surgido quejas por la demora en los resultados de las pruebas y las certificaciones. Para el consultor laboral, René Quevedo, lo que pasa es que "ómicron está poniendo una enorme presión sobre el Sistema de Atención Primaria". 

Para poner las cosas en perspectiva, dijo que el 15 de noviembre 2021 se hacían unas 8 mil pruebas de covid-19 diarias, con una positividad del 3.2% y unos 972 nuevos casos positivos por día.

En contraste, agregó, en la semana epidemiológica que culminó el 22 de enero 2022, se tramitaron unas 33 mil pruebas diarias, con una positividad de alrededor del 35%, lo cual arrojó aproximadamente 10 mil nuevos casos por día.

Es decir que con los mismos recursos, en un lapso de mes y medio, el Sistema de Atención Primaria pasó a manejar 4 veces más pruebas y 10 veces más casos, argumentó Quevedo. 

"Esta demanda dificulta el adecuado seguimiento de las incapacidades, incluyendo el alargamiento innecesario de la duración de la incapacidad temporal, generando situaciones indeseables en algunas empresas y sectores, como el comercio, bares, restaurantes y otros. Obviamente, es un tema coyuntural de demanda versus la disponibilidad de recursos", enfatizó.

 Quevedo sostuvo que "la presión sobre el sistema de Atención Primaria y el impacto laboral ocasionados por el ómicron son reales, pero puntuales".  Mencionó que, según las declaraciones de las autoridades y la experiencia en otros países, los síntomas de la nueva variante son leves y su ciclo es corto, por lo que se espera que la situación que estamos atravesando podría comenzar a ceder en las próximas 2 o 3 semanas.

En este contexto, consideró que convendría explorar lo que se está haciendo en otros países para agilizar el proceso de incapacidad y reintegro de trabajadores. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, donde continúa siendo complicado solicitar cita en Atención Primaria tanto para realizarse una PCR, como para tramitar la baja laboral en aquellos casos en los que se ha dado positivo en un test de antígenos de autodiagnóstico, el Gobierno regional ha habilitado un teléfono en el que tramitar la baja de forma automática.

Finalmente, dada la temporalidad del fenómeno ómicron, aliviar la presión sanitaria y laboral que impone, "guarda directa relación con la capacidad de simplificar y automatizar los procesos para el trámite, seguimiento, finalización y pago de las incapacidades", puntualizó el experto laboral.

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