Panamá cancela el registro de 32 buques por estar asociados a operaciones de pesca ilegal

Actualizado
  • 21/12/2022 18:29
Creado
  • 21/12/2022 18:29
La semana pasada, la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (Arap) y la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) procedieron a la cancelación de la patente de navegación

Panamá empezó la depuración de su marina mercante como parte de las iniciativas que está adoptando con base en la política de cero tolerancia contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).

La semana pasada, la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (Arap) y la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) procedieron a la cancelación de la patente de navegación de 32 embarcaciones o buques de la marina mercante panameña, relacionados con la pesca ilegal, dando cumplimiento al recién emitido Decreto Ejecutivo 245 del 21 de noviembre de 2022.

Este decreto ordena sacar de forma inmediata de la marina mercante de Panamá a las embarcaciones sobre las cuales la ARAP y dirección general de Marina Mercante de la AMP tengan motivos razonables para considerar que tienen relación con la INDNR.

Este vínculo puede ser también a través de su propietario, armador, operador, fletador, capitán, beneficiario final, o cualquier otra persona natural o jurídica.

La administradora de la ARAP, Flor Torrijos, dijo que el Decreto 245 va en línea con la política del presidente Laurentino Cortizo de “cero tolerancia a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”, dando cumplimiento a los estándares y acuerdos internacionales de protección hacia los recursos marinos.

“El objetivo es limpiar el registro de aquellas naves que sean identificadas como infractoras o aquellas que pertenecen a grupos económicos de buques descritos como INDRN”, destacó Torrijos.

El artículo 2 del Decreto Ejecutivo también establece la orden de anular de manera inmediata la patente de navegación de servicio internacional o interior y todo documento relacionado a la navegación emitido por la dirección general de Marina Mercante de la AMP.

Además de denegar cualquier trámite que se encuentre en proceso en la AMP, para las embarcaciones vinculadas a la pesca ilegal, no declarada, no reglamentada.

Además, se establece que es en el primer artículo del Decreto Ejecutivo 245 que la entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y políticas nacionales de pesca y acuicultura, y establece entre sus funciones, normar, promover y aplicar las medidas y procesos técnicos y administrativos para el aprovechamiento racional, sostenible y responsable de los recursos acuáticos.

Todo esto pone a Panamá en cumplimiento con los compromisos adquiridos al firmar la convención de las Naciones Unidas sobre derecho del Mar (CONVEMAR).

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