Expertos hablan sobre la necesidad de una regulación de criptoactivos en Panamá

Actualizado
  • 20/03/2023 00:00
Creado
  • 20/03/2023 00:00
La comunidad cripto busca exportar casos de éxitos y buenas prácticas para que el país supere los retos en materia de ciberdelitos y riesgos financieros, a través de una regulación que le permita superar los vacíos legales que existen actualmente
La capacitación se dio con la participación de expertos nacionales e internacionales

Con el objetivo de generar diálogos y debate del marco del uso, promoción y desarrollo de los criptoactivos en Panamá, la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá llevó a cabo la primera jornada de capacitación en 'Criptofinance'.

La reunión se centró en la necesidad de identificar las bases para una estructura regulatoria adecuada para la industria de criptoactivos en el país.

Contó con la participación de representantes de diversas instituciones del Estado, asesores del Órgano Legislativo, representantes de la banca, miembros de la Cámara de Comercio Digital Blockchain de Panamá, así como expertos internacionales de las distintas comunidades Cripto y Blockchain que se encuentran en el país.

Durante la capacitación se trataron temas relacionados al escenario europeo en cuanto a desarrollo de innovación financiera; los aspectos de transparencia y trazabilidad de transacciones con criptoactivos frente a hechos de ciberdelitos; el potencial de los criptoactivos en el desarrollo de nuevos negocios bancarios.

También se dio a conocer el escenario regulatorio latinoamericano en materia de criptoactivos y web 3; la identificación de los principales retos a los que se enfrentan las pequeña y mediana empresa 'Fintech'; la Cripto en Panamá y cómo se han superado ante una ausencia regulatoria clara en esta materia.

Se hizo referencia a las acciones que Panamá debe considerar para tener normas claras en materia de tributación sobre criptoactivos.

Proyecto de ley

Rodrigo Icaza, director ejecutivo de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá, comentó que la capacitaciónse dio en el marco del debate que se ha generado por el proyecto de ley 697 de criptomonedas, así como las diversas investigaciones que lleva adelante el Ministerio Público, sobre hechos que vinculan a los criptoactivos en Panamá.

Actualmente este proyecto de ley se encuentra a la espera de un fallo por parte de la Corte Suprema de Justicia, después que el Órgano Ejecutivo lo objetara por inexequible . y precisó que la iniciativa legislativa requiere “adecuación” a las normas que regulan el sistema financiero y el modelo monetario panameño.

Icaza señaló que continuarán con la labor de generar espacios de educación, análisis y discusión con el fin de desarrollar una industria Cripto y Blockchain “sólida” que beneficie al país.

“Queremos exportar casos de éxitos y buenas prácticas descubiertas en el Istmo y superar los retos en materia de ciberdelitos y riesgos financieros, lo cual hasta ahora, ningún país ha logrado. Por lo tanto, evidenciamos la importancia de contar con un marco regulatorio para superar los vacíos legales que existen en este momento, lo que nos permitiría conocer cómo regular sin restringir la innovación y su impacto positivo en el desarrollo en el país”, sostuvo el presidente de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá.

El proyecto de ley 697 tiene como objetivo hacer a la República de Panamá compatible con la economía digital, el blockchain, los criptoactivos, la tokenización de metales preciosos y otros bienes, y el internet, en beneficio de sus habitantes y el resto del mundo, así como las disposiciones de protección, vigilancia, inspección y control sobre dichas actividades.

Propone darle estabilidad jurídica a estos elementos digitales, además de que no obliga al uso de bitcoin como medio de pago porque se presenta de forma opcional para los comercios.

El Banco Nacional de Panamá actuará como ente supervisor de la actividad. Mientras que la SBP en su capacidad de supervisor de sujetos obligados financieros bajo la Ley 23 de 2015, velará porque la reglamentación aplicable tome en cuenta los criterios recomendados por el Gafi.

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