Multas de $5 mil para financieras

Actualizado
  • 05/11/2010 01:00
Creado
  • 05/11/2010 01:00
PANAMÁ. Las empresas financieras que incurran en faltas como firmas de contratos en blanco, manejo descuidado de sus registros, tergiver...

PANAMÁ. Las empresas financieras que incurran en faltas como firmas de contratos en blanco, manejo descuidado de sus registros, tergiversación de la información de gastos y comisiones cobradas serían multadas con sumas de $500 a $5,000, según lo establece el Decreto Ejecutivo 213 que reglamenta la Ley 42 sobre empresas financieras.

El documento, que después de ocho años de creada la ley se convierte en la primera reglamentación del negocio, fue promulgado en la Gaceta Oficial del 1 de noviembre.

De acuerdo con esta reglamentación, otros motivos de multas son el cálculo incorrecto de la tasa de interés y cálculo de morosidad de préstamos, además de la retención de la carta que certifica el estado de cuenta de los clientes, los cobros de intereses mayores a los dispuestos y la reincidencia en faltas o multas.

El reglamento fue evaluado por el Ministerio de Comercio e Industrias, asociaciones de consumidores y asociaciones de financieras durante un mes aproximadamente.

Tras ocho años de permanecer sin reglamentación, la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIFI) se mostró a favor de una reglamentación y recientemente la presidenta de esta asociación, Alicia De Guinard, reconoció en una entrevista con La Estrella que sí hay irregularidades en algunas empresas, pero no representan ni el 1% de las transacciones hechas en financieras.

El ministro de Comercio e Industrias, Roberto Henríquez, advirtió que se vienen cometiendo abusos contra los jubilados. Subrayó que los préstamos son onerosos y los gastos de cierre no tienen límites. De acuerdo con los registros de la Dirección de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias, en 2006 hubo 151 denuncias. De 2009 y 2010 no hay referencias.

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