Arbitraje internacional pendiente: Panamá ya venció a Sacyr y ahora deberá enfrentarse a WeBuild
- 03/11/2025 00:00
El Estado panameño logró una victoria importante al obtener un laudo favorable en el arbitraje internacional presentado por Sacyr, S.A., que reclamaba $2,362.73 millones a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) por supuestas violaciones al Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones entre España y Panamá.
El tribunal determinó que Sacyr no probó sus reclamaciones y que las acciones de la ACP no eran atribuibles al Estado panameño. Además, el laudo ordenó a Sacyr pagar a la República de Panamá el monto de $6.39 millones en concepto de costos del arbitraje, incluyendo honorarios legales y gastos del proceso.
Sin embargo, el proceso de demandas contra la República de Panamá no está cerrado por completo. El país sigue enfrentando otro arbitraje internacional, interpuesto por WeBuild S.p.A. (antes Salini Impregilo S.p.A.), que reclama unos $2,200 millones bajo el Tratado Bilateral de Inversión (BIT) entre Italia y Panamá, firmado en 2009 y en vigor desde 2010.
Tanto Sacyr como Salini Impregilo S.p.A. integraban el Consorcio Unidos por el Canal (GUPCSA), responsable de construir el Tercer Juego de Esclusas del Canal de Panamá, una obra inaugurada en 2016 a un costo de $5,450 millones.
A diferencia del arbitraje de Sacyr —centrado en reclamos de naturaleza contractual—, el de WeBuild se ampara en el tratado de protección de inversiones, que permite a los inversionistas extranjeros demandar directamente al Estado receptor por supuestos actos que afecten sus intereses, incluso si estos derivan de controversias comerciales o contractuales.
De acuerdo con registros de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Unctad), el proceso arbitral WeBuild S.p.A. contra la República de Panamá —identificado bajo el expediente CIADI n.º ARB/20/10— fue registrado el 23 de junio de 2020 ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), con sede en Washington D.C., Estados Unidos.
La demanda, presentada por la constructora italiana WeBuild S.p.A., reclama al Estado panameño una indemnización de aproximadamente $2,200 millones por supuestas violaciones al Tratado Bilateral de Inversión firmado entre Italia y Panamá en 2009 y en vigor desde 2010.
Actualmente, la Unctad registra el caso WeBuild contra Panamá como pendiente, dentro de su base de datos de controversias de inversión (Investment Dispute Settlement Navigator).
El tribunal arbitral está presidido por el jurista suizo Pierre Tercier e integrado además por Brigitte Stern (Francia), designada por el demandante, y Robert Volterra (Canadá/Reino Unido), designado por el Estado panameño. Hasta la fecha, el caso se mantiene en curso, según los registros de Unctad y del CIADI.
El Tratado Bilateral de Inversión entre ambos países busca fomentar y proteger las inversiones de nacionales y empresas italianas en Panamá y viceversa. En su artículo IX dispone que, si una controversia no se resuelve mediante negociación en un plazo de seis meses, el inversionista puede optar por acudir a los tribunales locales o iniciar un arbitraje internacional ante el CIADI o bajo las Reglas Uncitral.
Estos acuerdos ofrecen seguridad jurídica a los inversionistas, pero también conllevan riesgos financieros y reputacionales para los Estados, debido a que los laudos son vinculantes y de cuantías elevadas.
En Panamá, este tipo de diferencias está regulado por la Ley 131 de 2013, que establece el marco del arbitraje comercial nacional e internacional. La norma adapta el sistema legal panameño al modelo de la Ley de la Uncitral y define los procedimientos para resolver disputas comerciales mediante arbitraje.
El resultado final de una diferencia de este tipo, como en el caso WeBuild S.p.A. contra Panamá, es un laudo arbitral, que constituye la decisión definitiva que resuelve el conflicto.
La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) no es parte directa en estos arbitrajes de inversión, pues las demandas de las empresas que participaron en el consorcio se presentan contra la República de Panamá, no contra la entidad administradora de la vía.
La representación legal en estos casos recae en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que lidera la defensa del país ante los tribunales internacionales.
Estos arbitrajes se refieren a hechos técnicos y alegaciones vinculadas con la ejecución del Contrato de Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas del Programa de Ampliación del Canal. La ACP colabora con el MEF suministrando información técnica y contractual para fortalecer los argumentos de la defensa panameña.
El reciente fallo contra Sacyr representa un precedente favorable para Panamá, al reforzar la independencia y validez de las actuaciones de la ACP en la ejecución del proyecto de ampliación de la vía interoceánica.
No obstante, el arbitraje de WeBuild mantiene abierto un frente de riesgo económico y jurídico para la República, dado el monto en disputa y la complejidad técnica del caso.
De confirmarse una resolución favorable en este segundo proceso, Panamá consolidaría su posición jurídica en uno de los proyectos de infraestructura más emblemáticos de su historia reciente.