Empresas deben pagar dos tiempos y medios al personal que laborará el 1 de julio

Actualizado
  • 25/06/2019 21:40
Creado
  • 25/06/2019 21:40
De acuerdo con el Artículo 49 del Código de Trabajo, el pago por trabajo en día de fiesta o duelo nacional incluye un "recargo del 150% sobre el salario de jornada ordinaria"

El lunes 1 de julio será feriado, por la toma de posesión del presidente electo Laurentino Cortizo y la ministra de Trabajo, Zulphy Santamaría reiteró ese día las empresas que tengan personal de turno deberán de pagarlo como lo establece el Código de Trabajo.

En el Artículo 46 del Código de Trabajo están los días de descanso obligatorio por fiesta o duelo nacional, y entre éstos se encuentra el “Día que tome posesión el Presidente titular de la República”.

Santamaría indicó que las empresas que cuenten con personal de turno deberán pagar “dos tiempos y medios, como indica la norma”.

Según el Artículo 49 del Código de Trabajo, el pago por trabajo en día de fiesta o duelo nacional incluye un "recargo del 150% sobre el salario de jornada ordinaria", esto quiere decir dos tiempos y medio.

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