La presidenta de la asociación, Natzare Bermúdez, brindó a La Estrella de Panamá una radiografía sobre las condiciones en las que han llegado para ser...
- 18/06/2011 02:00
La portabilidad numérica es el derecho de los usuarios a cambiarse de operador, conservando su número telefónico, tanto en el caso de servicio de telefonía fijo como móvil. Para ejercer este derecho, el cliente o usuario debe solicitar la portación de su número al concesionario con quien desea suscribirse y suscribir los requisitos de contratación del servicio, dado el caso.
Las modalidades de portabilidad numérica serían las siguientes: portabilidad de número local, que permite conservar el número al cambiar de proveedor dentro de un área local ; portabilidad de servicio que permite conservar el número al cambiar de servicio; y portabilidad geográfica que permite conservar el número al cambiar de área local. Entre los beneficios que brinda esta nueva modalidad tecnológica están para el cliente los siguientes: la conservación de su número telefónico, recibe una mejor calidad de servicio, buenos precios, mayor cobertura, nuevos servicios; para los concesionarios: contribuye al desarrollo de la competencia, permite el uso eficiente de la numeración, modernización de sus redes y equipos, mejora la calidad de servicio a sus clientes, aumentan el valor de sus activos y brinda la oportunidad de ofrecer nuevos productos a sus clientes.
Entre los países que se han adherido a la portabilidad numérica están: Estados Unidos en 1997 en telefonía móvil y fija, España en 2011, Irlanda en el 2000. En América Latina, en Perú en 2010, para los teléfonos celulares de áreas locales, en México en el 2008, en el Salvador en 2010, Brasil en 2008 y la República Dominicana, en 2009. En Ecuador entrará en vigencia este año 2011 y en Colombia, luego de dos años de estudio el sistema, entrará a mediados de 2012.
En Panamá, cuatro empresas se disputaron la licitación para la adjudicación de la portabilidad numérica, resultando ganadora el consorcio PORTING ACESS B V., quién en un plazo no mayor de seis meses, a partir de la promulgación de la ley respectiva, establecerá la puesta en práctica de la operación, actualización, mantenimiento y soporte técnico de la portabilidad numérica.
La Autoridad de Servicios Públicos (ASEP), será la encargada de fiscalizar a las empresas que entren a brindar el servicio de portabilidad numérica en Panamá, de forma tal que lo presten de una manera eficaz, eficiente y transparente a sus usuarios. Igualmente velará para que el mercado de la telefonía móvil se dinamice y eleve la competencia entre las empresas operadoras del servicio.
Para el consumidor panameño que gusta de adquirir lo último en tecnología, este nuevo producto será muy cómodo porque le permitirá conservar su número de celular, aunque se cambie de operador y además, podrá disfrutar de las innumerables ventajas y ofertas que este tipo de mercancía tecnológica ofrece. Lo que se busca ante todo es que el consumidor panameño tenga toda una panorámica de transparencia en el mercado, que suele ser muy competitivo en cuanto a tecnología se refiere, a fin de que su decisión sea fruto de la información recibida por los operadores respectivos.
La ACODECO, a medida que se vayan concretando las relaciones comerciales entre las concesionarias y los clientes, intervendrá cuando ocurran situaciones enmarcadas dentro de su competencia como, por ejemplo, de incumplimiento de contratos, publicidad engañosa, caso de prácticas monopolísticas, fijación de precios, etc.