Panamá se une a la movilidad eléctrica y reglamenta la ley

Actualizado
  • 21/02/2023 00:00
Creado
  • 21/02/2023 00:00
Con ello el país se suma a las iniciativas que han impulsado y ejecutado Colombia, Costa Rica, Chile, Argentina, México y Paraguay, que han avanzado en sus propias estrategias
Con el Decreto Ejecutivo No. 51 que reglamenta la movilidad eléctrica, Panamá se suma a países como Colombia y Costa Rica con una ley de este tipo.

El Gobierno de Panamá acelera la estrategia para la movilidad eléctrica como parte de la Agenda de Transición Energética, de cara al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en particular el ODS 7) de las Naciones Unidas y el Acuerdo de París.

Y es que a menos de un mes de que entrara en vigor la Ley N° 295 del lunes 25 de abril de 2022, que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre, recientemente se publicó en la Gaceta Oficial Digital No. 29723-B el Decreto Ejecutivo N° 51, del 15 de febrero de 2023, que reglamenta la citada normativa.

Con esta ley y reglamentación, Panamá se suma a otros países y ciudades de la región que cuentan con política pública y marco legal para orientar y estimular el desarrollo de la movilidad eléctrica de diversas formas.

Países como Colombia y Costa Rica, por ejemplo, tienen leyes integrales de movilidad eléctrica vigentes y hay otros con iniciativas en marcha para la formulación de instrumentos legales similares.

También existe un grupo más amplio de países con instrumentos legales o regulatorios parciales; algunos brindan incentivos fiscales y no fiscales, otros regulan la eficiencia del parque automotor y fomentan el desarrollo de industrias y emprendimientos asociados a la movilidad eléctrica.

Por otro lado, países como Chile, Argentina, México y Paraguay también han avanzado en sus propias estrategias, según datos del reporte 'Movilidad eléctrica: Avances en América Latina y el Caribe y oportunidades para la colaboración regional 2019', desarrollado por la plataforma MOVE de la Oficina del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (ONU Medio Ambiente) para América Latina y el Caribe.

Regulación de la movilidad eléctrica

El Decreto Ejecutivo No. 51 que reglamenta la movilidad eléctrica en Panamá precisa que “la Ley 295 de 2022 tiene por objeto establecer un marco normativo para el desarrollo y operación de la movilidad eléctrica en la República, para que, a través de esta política pública, se logre la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la promoción y el crecimiento de la movilidad eléctrica, y el uso de energías renovables, como herramienta de transición energética en el transporte terrestre”.

El artículo 3 del Decreto Ejecutivo 51, en específico, señala que para la ejecución del plan de reemplazo de su flota vehicular establecida en la Ley 295 de 2022, las instituciones del Gobierno Central, así como las entidades autónomas, semiautónomas y municipales deberán realizar la compra de los vehículos eléctricos de conformidad con lo estipulado en el texto único de la ley que regula la contratación pública, y sus normas reglamentarias.

Adicionalmente precisa que deberán elaborar un inventario de su flota vehicular institucional, a efectos de ejecutar un esquema de descarte y desmontaje de los vehículos de combustión interna, con base en los procedimientos establecidos por la Contraloría General de la República y la Dirección de Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, en el que se tenga en cuenta, para los futuros vehículos eléctricos, el manejo y descarte de sus componentes sensitivos.

Mientras que el artículo 4 indica que para implementar el programa de reemplazo de la flota de transporte público de pasajeros masivo, colectivo y selectivo, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre elaborará en todo el país un inventario de los certificados de operación expedidos; además, utilizará los programas de capacitación y preparación técnica sobre movilidad eléctrica disponibles para orientar a sus funcionarios, concesionarias y prestatarias del transporte público de pasajeros.

Por su parte, el artículo 5 establece que a todos los vehículos eléctricos que pasen la revisión técnica vehicular se le adjudicará una placa de circulación vehicular, con fondo de color verde, letras y números de color blanco.

En tanto que el artículo 6 dice que la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre establecerá el procedimiento para la inspección técnica de los vehículos eléctricos, para lo cual elaborará un Manual de Inspección Técnica de Vehículos Eléctricos. Los criterios que se deberán tener en cuenta para la inspección técnica son los siguientes: placa única y definitiva, marca, modelo, año de fabricación, color, tipo de propulsión o motor, fuente de energía, número de motor, número de chasís y lectura de velocímetro.

El Decreto Ejecutivo 51, en su capítulo III establece, además, lo concerniente al “Proceso de conversión de vehículos de combustión interna a vehículos eléctricos”; en su capítulo IV lo respectivo a la “Preparación académica”; en el capítulo V, el “Proceso para la declaratoria de obsolescencia de las baterías de los Vehículos”; en el Capítulo VI, “Reporte de las Estaciones de Carga”; en el capítulo VII, “Lineamientos generales de las estaciones de carga”; y en el capítulo VIII, “Disposiciones finales”.

Hacia la transición energética

En Panamá, la Ley 295 de 2022 que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2023. La movilidad eléctrica forma parte del plan de transición energética de Panamá, a través del cual ha adoptado el compromiso de seguir siendo un país con una matriz eléctrica verde. Además, ha hecho suyo el desafío de disminuir el uso de combustibles fósiles en su matriz energética.

El pasado 16 de febrero, en la novena reunión del Consejo Nacional de Transición Energética (Conte), en modalidad virtual, el secretario de Energía, Jorge Rivera Staff, presentó en detalle los avances de la transición energética del país durante los últimos cinco meses.

El funcionario destacó que entre los logros de la agenda de transición energética, Panamá destaca con récords en cuanto a energía limpia en su matriz eléctrica.

En los primeros seis meses de 2022, el 90% de la generación eléctrica en Panamá provino de fuentes de energía renovable. Y para septiembre de 2022, el 97% provino de fuentes limpias, según datos de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (Asep).

En igual sentido, el próximo 28 de febrero se hará el lanzamiento de la estrategia de hidrógeno verde derivado, crucial también para la transición energética y el futuro del transporte.

Rivera Staff, además, mencionó que el crecimiento de la movilidad eléctrica se ha duplicado en los últimos años; también la modernización del sistema interconectado nacional (SIN) y las sensibilizaciones para uso eficiente de la energía en todos los sectores está teniendo buen impacto en el consumo a nivel nacional, por lo cual la Secretaría Nacional de Energía apuesta por dicha estrategia.

“Estamos trabajando en 152 líneas de acción de la agenda de transición”, subrayó Rivera Staff.

La Secretaría Nacional de Energía encamina esfuerzos con todos los actores para la generación de mecanismos de financiamiento e instrumentos legales a fin de dinamizar las acciones de los sectores, incluso los respectivos a la política fiscal y sector financiero, además de una estrategia de comunicación que ayude a incorporar a los ciudadanos a entender y a participar de las estrategias que se ejecutan.

La Resolución de Gabinete No. 93 del 24 de noviembre de 2020 aprobó los lineamientos estratégicos de la agenda de transición energética como parte del cumplimiento de los Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS 7) de las Naciones Unidas y el Acuerdo de París, y creó el Consejo Nacional de Transición Energética como una instancia de asesoría, consulta y rendición de cuentas.

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