SBP recibe primera queja tras modalidad de atención al cliente

Actualizado
  • 19/10/2008 02:00
Creado
  • 19/10/2008 02:00
PANAMÁ. Los clientes bancarios podrían no sentirse tan desprotegidos al momento de hacer sus reclamos ante los grandes bancos que opera...

PANAMÁ. Los clientes bancarios podrían no sentirse tan desprotegidos al momento de hacer sus reclamos ante los grandes bancos que operan en el país. Resulta que el Acuerdo Nº001-2008 que establece el sistema de atención de reclamos de las entidades bancarias y el Acuerdo Nº 003-2008 que específica los procedimientos de estos reclamos, entraron a regir en el Centro Bancario de Panamá

Marilyn Psilópulos, jefa del servicio de atención al cliente de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) informó, sin dar mayores detalles, que hasta el momento sólo se ha presentando un caso ante esta entidad, pues la normativa empezó a regir recientemente.

Aunque el papel de la SBP es de un ente conciliador, con la norma, también tiene facultades privativas donde su decisión tiene que ser acatada por el banco, explica la funcionaria. Los procedimientos indicados en el documento señalan que el cliente debe acercarse, primero al banco para hacer su reclamo y éste en 30 días tiene que darle una respuesta al cliente. Los bancos tienen la obligación de habilitar una sección especial para atender estos casos.

De no recibir, el cliente, solución por la entidad crediticia o no tuvo un resultado satisfactorio, podrá presentar su queja por escrito a la SBP. El documento debe sustentar el motivo de su disconformidad, lo que exige del banco, la constancia de presentación del reclamo expedida por el banco y copia de la respuesta formal, si la hubiera. Después de recibir la documentación, la SBP tendrá 30 para dar un veredicto.

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