Cárcel de 7 a 15 años en México a quien venda inhalantes a menores

Actualizado
  • 20/10/2012 18:05
Creado
  • 20/10/2012 18:05
El diputado del conservador Partido Acción Nacional, Juan Pablo Adame, propuso que se imponga una pena de 7 a 15 años de cárcel a quien ...

El diputado del conservador Partido Acción Nacional, Juan Pablo Adame, propuso que se imponga una pena de 7 a 15 años de cárcel a quien o quienes vendan inhalantes a menores de edad, informó hoy la oficina de prensa de la Cámara de Diputados de México.

El legislador argumentó que debido a que los inhalantes son la tercera droga más consumida en México,es necesario reformar la Ley General de Salud, para evitar su venta a menores de edad y aplicar sanciones administrativas y penales a quien lo haga.

Según los Centros de Integración Juvenil, la inhalación de estas sustancias creció entre los jóvenes de educación secundaria y bachillerato situándose como tercera droga de inicio y segunda de preferencia con el 10,4 por ciento después de la marihuana ( 11,4 por ciento) y antes de la cocaína (3.5 por ciento).

El consumo de los inhalantes podría continuar a la alza si no se ataca esta situación, consideró el diputado.

Adame Alemán divulgó más datos del Centro: el número de pacientes de primer ingreso que ha consumido inhalantes pasó de 33,8 por ciento en 2004 a 44,1 por ciento en 2011.

Agregó que las sustancias psicoactivas más utilizadas son los solventes con 35,3 por ciento, los pegamentos 7,23 por ciento y los esmaltes y pinturas 5,3 por ciento.

El 22,3 por ciento de los jóvenes que reciben atención dijeron que comenzaron a inhalar a los 15 años entre hombres y a los 14 entre mujeres.

El legislador agregó que en la Tercera Encuesta Nacional de Adicciones se obtuvo el dato de que el 80,3 por ciento de la poblción coincidió en que la marihuana genera adicción; el 56.2 por ciento de los encuestados consideró que los inhalantes también la producen.

Adame Alemán agregó que estos datos sólo reflejan el nivel de desconocimiento sobre el potencial adictivo de los inhalantes.

La modificación al artículo 256 de la Ley General de Salud establece que los envases contengan impresa la leyenda "Prohibida la venta a menores de edad", así como las sanciones administrativas y penales en caso de ocurrir el expendio o suministro a menores de edad.

También propuso que se adicione al artículo 467 Bis para asentar que a quien venda o suministre a menores de edad o incapaces, mediante cualquier forma, sustancias inhalantes que produzcan efectos psicotrópicos, se aplique de 7 a 15 años de prisión.

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