Tribunal Electoral autoriza recolección de firmas para Constituyente

Actualizado
  • 06/03/2012 18:55
Creado
  • 06/03/2012 18:55
El Tribunal Electoral, luego de verificar que los documentos presentados por el grupo Iniciativa Ciudadana, el pasado 6 de febrero de 2...

El Tribunal Electoral, luego de verificar que los documentos presentados por el grupo Iniciativa Ciudadana, el pasado 6 de febrero de 2012, solicitando la autorización para recolectar firmas para convocar a una Asamblea Constituyente Paralela, cumplen con los requerimientos exigidos en el Decreto 4 de 31 de enero de 2012, dispuso acoger la iniciativa promovida por el grupo.

Hoy fue entregada al promotor de esta iniciativa, Sergio González Campos, la Resolución 017 de 5 de marzo de 2012, por medio de la cual se le notifica de manera oficial, de la disposición, a través de la cual también se autoriza a la Dirección Nacional de Organización Electoral a entregar "a las personas designadas por el grupo los libros para la recolección de las firmas de por lo menos el 20% de los inscritos en el Registro Electoral hasta el 31 de diciembre del 2011".

"Esto equivale a cuatrocientas ochenta mil quinientas veintiocho (480,528) firmas, que deberán aportar al Tribunal Electoral, en el término máximo de seis meses, contados a partir de la fecha en que la Dirección Nacional de Organización Electoral les haga la primera entrega de libros", destaca la Resolución.

De acuerdo al Decreto 4 (de 31 de enero de 2012), por el cual se reglamenta el trámite de recolección de firmas para la convocatoria a una Asamblea Constituyente Paralela, por iniciativa ciudadana", el Tribunal Electoral pondrá a disposición los libros que se requieran para firmas en las oficinas distritales que se soliciten.

Los libros para recolección de firmas estarán disponibles todos los días de la semana, siempre que se soliciten con no menos de 3 días hábiles de anticipación, señala el Decreto, al tiempo que destaca que de las firmas recogidas, deberán ser descontadas las canceladas por retiro del ciudadano.

Establece el documento que la autenticidad de estas firmas será respaldada por una declaración jurada de la persona responsable de cada libro por parte del grupo.

Dentro de libros para recoger las firmas deberán aparecer los nombres y apellidos, firma y número de cédula de identidad personal de cada persona que firma; y, una persona, distinta de la responsable del libro, firmará a ruego por él o ella como constancia en caso de que no sepa firmar, señala el Decreto.

Según las autoridades del Tribunal Electoral, la institución está preparada con la cantidad de libros necesarios para iniciar el proceso de recolección de firmas a nivel nacional.

Una vez entregados los libros, el TE tendrá 30 días para la verificación de las firmas..

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