Licencia de paternidad es ley y empezará regir desde mañana

Actualizado
  • 24/05/2017 18:17
Creado
  • 24/05/2017 18:17
El trabajador que se acoja a este derecho queda obligado a presentar a un empleador el certificado de nacimiento emitido por el Tribunal Electoral

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, sancionó la ley  que otorgar una licencia por paternidad a los trabajadores de empresas privadas y servidores públicos cuya esposa o  compañera con la que conviva en condiciones de singularidad y estabilidad tenga un hijo.

La licencia de paternidad que contempla la ley 27  del 23 de mayo será por el término de tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio, período en el cual el beneficiario no podrá laborar para otro empleador o por cuenta propia. La ley empezará regir desde mañana jueves 25 de mayo.

MÁS INFORMACIÓN

--------------------------------------

--------------------------------------

El trabajador que se acoja a este derecho queda obligado a presentar a un empleador el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral, que lo acredita como padre del menor.

"Lo que se busca es la paternidad responsable", aseguró el jefe de la cartera de Trabajo, Luis Ernesto Carles, durante la discusión del proyecto de ley en la Asamblea Nacional.

El propósito de la ley es que el trabajador ayude a su pareja en los que haceres del hogar y el cuidado del bebé después de nacimiento del hijo y que a su vez empiece a crear el vínculo afectivo con el hijo.

Según informes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la interacción del padre a la hora del alumbramiento y subsiguientes días acompañando a la madre influye de manera importante en el desarrollo de los niños.

El Presidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas Juan Gabriel González Saavedra, durante su intervención en el primer debate del proyecto, sugirió varias propuestas con el objeto de minimizar el impacto económico que la licencia representaría para los empleadores.

En consecuencia propuso que se redujera el tiempo de la licencia para que fueran menos de cinco días; que el pago de la misma sea una carga compartida entre el empleador y la seguridad social; o bien que se podría cargar la licencia al fondo de incapacidad de los trabajadores modificando el artículo 54 Código de Trabajo; o que la licencia fuera descontada de las vacaciones del trabajador modificando el artículo 200 también del Código de Trabajo.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus