Aumento de pena y multa por conducir ebrio

Actualizado
  • 29/08/2018 02:00
Creado
  • 29/08/2018 02:00
La Comisión de Gobierno acogió una iniciativa ciudadana que busca recrudecer las penas y las multas por accidente de tránsito mortales

Un proyecto de ley busca aumentar la multa de tránsito por conducir con ‘embriaguez comprobada' e incrementar la pena de cárcel por accidentes vehiculares mortales por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas ilícitas.

La iniciativa, presentada por un grupo de personas encabezado por el periodista Álvaro Alvarado ante la Oficina de Participación Ciudadana de la Asamblea en mayo pasado, fue prohijada por la Comisión de Gobierno e implica modificación del Código Penal y el Decreto Ejecutivo No. 640 de 2006, esté último establece el Reglamento de Tránsito.

‘Quien, culposamente, cause la muerte de otro será sancionado con pena de prisión de cinco a siete años. Si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una persona y la lesión de otras personas, la sanción será de cinco a ocho años de prisión', señala el primer artículo del proyecto.

La pena aumentará hasta dos terceras partes cuando el conductor conduzca un equipo de carga pesada, cuando el autor sea un conductor del transporte público colectivo, selectivo o escolar y cometa el accidente durante la prestación del servicio y cuando el accidente ocurra por competencia de velocidad, es decir regata.

INICIATIVA Y DEBATE

La propuesta fue presentada por un grupo de ciudadanos ante la Asamblea Nacional

La Comisión de Gobierno adoptó el proyecto de ley para ser debatido en primer debate.

De igual forma, la licencia de conducir será suspendida por el mismo tiempo.

El Código Penal establece actualmente pena de entre tres a cinco años para las causas de muerte por accidente de tránsito, recordó el abogado Víctor Martínez, quien apoya la iniciativa.

El proyecto de ley también establece la obligatoriedad de los conductores a someterse a una prueba de embriaguez o intoxicación por estupefacientes establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 640.

Martínez explicó que actualmente no existe ninguna norma que establezca la obligatoriedad de la aplicación de estas pruebas. ‘Si un conductor se niega a realizarse una prueba de alcoholemia, por ejemplo, no se le puede obligar', recalcó.

La propuesta pretende endurecer las sanciones al conducir bajos los efectos del alcohol o sustancias ilícitas y así evitar muertes por accidentes de tránsito, indicó Martínez.

Entre enero y abril de este año se sancionaron 4,123 conductores por embriaguez comprobada, 2,583 personas con aliento alcohólico y 4,896 conductores por el uso de celular mientras conducía.

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