Jueza se acoge al término para dictar sentencia en caso de Martinelli

Actualizado
  • 10/04/2019 02:00
Creado
  • 10/04/2019 02:00
A pesar de que la ley permite el tiempo, fuentes del Tribunal Electoral adelantaron que la decisión se tomará lo antes posible, porque existe la posibilidad de que una de las partes presente un recurso en la segunda instancia

La jueza Quinta Electoral, Elvia María Rengifo, se acogió al termino de hasta 30 días para tomar una decisión en la impugnación de las candidaturas de Ricardo Martinelli para los cargos de diputado (circuito 8-8) y alcalde de Panamá.

A pesar de que la ley permite este tiempo, fuente del Tribunal Electoral adelantaron que la decisión se tomará lo antes posible porque existe la posibilidad de que una de las partes presente un recurso ante una segunda instancia.

A la audiencia también acudieron Rómulo Roux, candidato presidencial por el partido Cambio Democrático (CD); José Muñoz, fundador del Partido Alianza; Sergio ‘Chello' Gálvez, candidato a diputado y al cargo de vicealcalde de Panamá y la exalcaldesa Mayín Correa.

Jorge Hernán Rubio le solicitó a la jueza, basado en que Martinelli no tiene un año de estar en Panamá, admitir la demanda y prohibir a Martinelli correr en las elecciones de mayo próximo.

Daniel Lasso, otro de los demandantes, solicitó que Martinelli no aparezca en la paleta, porque no cumplió con la paridad de género.

Alma Cortés, abogada defensora de Martinelli, solicitó rechazar las demandas por estar supuestamente infundadas y que se declare el doble juzgamiento.

El fiscal electoral, Eduardo Peñaloza, en sus breves alegatos solicitó a la jueza no admitir los recursos porque considera que Martinelli cumple con el término requerido para participar en el proceso electoral.

‘Lo que se busca es desfavorecer la candidatura de Martinelli para beneficiar la del PRD y del panameñismo',

SERGIO GÁLVEZ

CANDIDATO A SUPLENTE A LA ALCALDÍA DE PANAMÁ

La audiencia, que comenzó a las 9:33, se concentró en deliberar si Martinelli cumplió con la paridad de género para la postulación de diputado y alcalde del distrito de Panamá. El segundo tema deliberado fue si el exmandatario cumple con el tiempo de residencia electoral para aspirar a estos puestos de elección.

Antes de iniciar los alegatos, la jueza rechazó cuatro recursos que se presentaron a favor de Martinelli.

Los demandantes, Rubio y Lasso, basaron sus argumentos en que Martinelli salió de Panamá el 28 de enero de 2015 y regresó al país extraditado en junio de 2018 y no de forma voluntaria.

Rubio aseguró que la ley está por encima de todos y no debe existir fueros ni privilegio, por lo cual solicitó que se declare no idóneo para participar en las elecciones generales de mayo.

Cortés argumentó en sus alegatos que el director de Organización Electoral, Osman Valdés, había certificado que Martinelli apareciera en el Padrón Electoral y que reside desde 1993 en el corregimiento de San Francisco, distrito de Panamá.

Además, Cortés sostuvo que un juez de paz certificó que Martinelli vive en San Francisco.

La defensa de Martinelli, además, recalcó que el proceso de impugnación de las candidaturas pasó hace un año y ya se habían tomado decisiones favorables sobre el tema de la residencia.

A su salida de la audiencia, la ex primera dama Marta Linares de Martinelli denunció que el ministro de Gobierno Carlos Rubio, regente del Sistema Penitenciario e hijo del demandante del expresidente, no le permitió a su esposo participar en la audiencia.

‘Aquí estaba la autorización de la jueza para que lo trasladaran, pero como es el papá del ministro que rige las cárceles, no le dio la gana y eso es un abuso de autoridad y de poder, porque violó el derecho de Ricardo Martinelli de estar aquí', expresó Linares de Martinelli.

El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección General del Sistema Penitenciario, informó a la ciudadanía que, en atención al artículo 40 del Decreto Ejecutivo 393 del 25 de agosto de 2005, que Reglamenta al Sistema Penitenciario panameño, solo puede realizar traslados de personas privadas de libertad a través de orden de autoridad judicial, con una antelación mínima de 72 horas, exceptuando urgente necesidad de la comparecencia de la persona de forma inmediata.

Por su parte, el fiscal electoral fue breve en sus alegatos durante la audiencia. Sobre el tema de paridad género, precisó que el exmandatario cumplió con la ley.

Peñaloza explicó que el Plan General de Elecciones establece etapas que son definitivas.

El fiscal Electoral detalló que el Padrón Electoral final es fundamental para el proceso electoral y que si se abre un proceso de impugnación es ‘muy peligro' y se puede tener repercusiones negativas.

Mientras las partes deliberaban en la audiencia, simpatizantes del exmandatario se acercaron al lugar y se ubicaron en el exterior del edificio sede del Tribunal Electoral, para manifestar su apoyo y respaldo.

Los manifestantes hasta lanzaron fuegos artificiales para mostrar su apoyo.

La seguridad del TE fue reforzada por la entidad en compañía de miembros de la Policía Nacional.

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