Plan Panamá Solidario: quiénes se benefician y quiénes no

Actualizado
  • 03/04/2020 22:38
Creado
  • 03/04/2020 22:38
No todos los panameños recibirán el apoyo anunciado por el Ejecutivo. Los comercios deberán estar registrados

El Gobierno puso en marcha el plan “Panamá Solidario”, el cual cuenta con una partida inicial de $50 millones, producto de la declaratoria de Estado de Emergencia para controlar el contagio masivo del nuevo brote del COVID-19.

El plan es para atender las necesidades urgentes como resultado de la pandemia y consiste en la entrega de un apoyo a los ciudadanos para cubrir parte de sus necesidades básicas de alimentos, productos de higiene y medicamentos. Esto será mientras dure el Estado de Emergencia.

Sin embargo, no todos los panameños recibirán el apoyo anunciado por el Ejecutivo, que ordenó al Ministerio de Economía y Finanzas realizar los traslados de partidas al Ministerio de la Presidencia, que se encargará del plan.

El Decreto Ejecutivo 400 de 27 de marzo, publicado este viernes, en la Gaceta Oficial establece las normas en que se rige el Plan Panamá Solidario y a quien está dirigido.

Serán beneficiarios del Plan Solidario los siguientes grupos de población:
Se exceptúa del plan Panamá Solidario los siguiente grupos:

Producto a la declaratoria de Estado de Emergencia, el Gobierno a través de diversos decretos Ejecutivos y Resoluciones, ha venido adoptando medidas tendientes a controlar el contagio masivo del nuevo brote del COVID-19.

El toque de queda declarado por el Gobierno ha hecho que un número importante de empresas hayan solicitado a las autoridades la modificación de las condiciones de trabajo de sus empleados, ya sea disminuyendo la cantidad de horas de trabajo o la suspensión temporal de los efectos del contrato, a lo que se agrega a la situación de personas dedicadas a la economía informal, que igualmente han visto disminuidos sus ingresos.

Lo anterior supone la pérdida o una disminución de los ingresos que perciben gran parte del sector de la población económica activa. Esto llevó al Gobierno la adopción de nuevas medidas, de carácter temporal, conscientes de una asistencia tendiente a mitigar el impacto económico por la pandemia de COVID-19.

Los comercios que participen en el plan Panamá Solidario en todo el país deberán estar registrados en la aplicación desarrollada por la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG) o en cualquier otro método que se establezca para tal fin.

Los pagos o reembolsos que deben realizarse a los comercios registrados en el plan Panamá Solidario serán objetos de fiscalización por parte de la Contraloría.

El uso incorrecto o no autorizado del plan solidario generará la pérdida automática del apoyo solidario en favor del beneficiario y la sanción correspondiente por parte de la autoridad competente en el caso del comercio.

Quien durante el proceso de entrega de los apoyos del plan Panamá Solidario se apropie indebidamente de las bolsas de comidas, los vales digitales y bono solidario serán procesados de conformidad a la legislación judicial.

El plan Panamá Solidario se financiará con recursos provenientes del presupuesto General del Estado, cuyo monto asciende a los $23,322,452,396, para lo cual se autoriza al mes tramitar los traslados de partidas que sean necesarios a fin de garantizar su funcionamiento.

Se ha autorizado la apertura de una cuenta bancaria en el Banco Nacional con el propósito de darle viabilidad económica al plan solidario.

Esa cuenta podrá ser utilizada como el vehículo eficaz para recibir donaciones provenientes de personas naturales o jurídicas y organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y organismos internacionales destinados a incrementar el recurso financiero del plan.

Las donaciones estarán sujetas a los beneficios establecidos en la legislación que regula la materia.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus