Presidente Cortizo sanciona ley para prevenir y erradicar la violencia política contra la mujer

Actualizado
  • 25/11/2020 19:06
Creado
  • 25/11/2020 19:06
El proyecto (en su momento 394) fue aprobado en tercer debate el pasado 20 de octubre por el pleno de la Asamblea Nacional.

La Ley 184 que adopta medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra la mujer, fue sancionada este miércoles por el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen

“Con esto reitero mi compromiso de seguir trabajando para brindarles protección”, afirmó Cortizo en su cuenta de twitter tras plasmar su firma avalando esta ley impulsada por la diputada del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD), Kayra Harding.

El proyecto (en su momento 394) fue aprobado en tercer debate el pasado 20 de octubre por el pleno de la Asamblea Nacional. 

La iniciativa, según su proponente, la diputada Kayra Harding, busca que las futuras generaciones de mujeres políticas entren a participar y no sufran de violencia política, porque no estaba tipificado en la legislación panameña.

El documento establece como manifestaciones de violencia contra la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos diversas acciones, conductas u omisiones, basadas en su género entre estas el causar la muerte violenta de mujeres en razón de su participación o actividad política, agredir física o verbalmente a una o varias mujeres con objeto de menoscabar o anular sus derechos políticos.

De igual manera, se consideran como manifestaciones de violencia política contra la mujer el agredir sexualmente a una o varias mujeres o producir el aborto, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos políticos, o realizar proposiciones, acercamientos, tocamientos o invitaciones no deseadas, de naturaleza sexual, que influyan en las aspiraciones políticas de la mujer y/o en las condiciones o el ambiente donde la mujer desarrolla su actividad política y pública.

También se incluyen dentro de estas manifestaciones el restringir o anular el derecho al voto libre, directo y secreto de las mujeres; difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre a las mujeres en ejercicio político y de sus funciones públicas, con base en estereotipos de género, con el objetivo o el resultado de menoscabar su imagen pública y/o limitar o anular sus derechos políticos; entre otros.

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