Legislativo aprueba en tercer debate creación del Certificado Negociable para el Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos

  • 30/08/2022 15:34
El proyecto fue aprobado por insistencia tras un veto inicial del Ejecutivo, por lo que la Corte deberá definir la constitucionalidad o no del mismo

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó por insistencia, en tercer debate, el proyecto de ley 726, por el cual se crea el Certificado Negociable para Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (CEPPAN), transfiriendo así la palabra final a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quien deberá definir la constitucionalidad o no de esta norma.

Con el documento aprobado, se reconoce el pago de la prima de antigüedad como un derecho adquirido en beneficio de los servidores públicos que se hayan desvinculado laboralmente de las entidades públicas del Estado, a razón de una semana del último salario devengado por cada año laborado en forma continua, aunque sea en diferentes entidades del sector gubernamental.

De igual manera, a los servidores públicos, que les asiste el derecho desde el 1 de enero de 2014, por razón de renuncia, despido, por pensión de invalidez o riesgo profesional e incapacidad permanente.

El diputado proponente del proyecto Leandro Ávila, señaló que la mayoría de las instituciones no hicieron las reservas necesarias para hacerle frente a ese principio laboral y que mantiene en espera a más de 23,000 servidores del Estado, que algunos a la fecha ya están pensionados y que no se han retirado porque están a la espera de dicho reconocimiento.

No obstante, aclaró que en el proyecto aprobado se autoriza la creación del Certificado Negociable para Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos, conocido como CEPPAN, en el Estado panameño, a fin de reconocer el derecho correspondiente a estos servidores y exservidores públicos.

Le corresponderá a la Contraloría de la República verificar la evaluación, confección y programación de pagos correspondientes de entrega de los CEPPAN. Igualmente, la comunicación al público de la fecha y metodologías para la entrega de estos beneficios.

El pleno legislativo reforzó su criterio de no compartir el veto presidencial a este proyecto, al destacar que ese derecho debe darse de forma inmediata al momento del cese de labores, a fin de evitar que se continúe creando lo que se conoce como deuda flotante, debido a que esos fondos no son consignados en los presupuestos de la Nación.

De acuerdo con lo preceptuado en esta norma, se beneficia a un numeroso grupo de panameños desde el año 2014 cuando se equilibró este derecho con el sector privado y que ahora regirá para motivar la producción de los que laboran en el Gobierno.

Lo Nuevo