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TE advierte de sanciones tras detectar encuestas que violentan el 'Código Electoral'
- 22/05/2023 00:00

El Tribunal Electoral (TE) ha detectado una gran proliferación de encuestas en las redes sociales, que incumplen las normas pertinentes establecidas en el Cödigo Electoral, y advirtió de sanciones de varios miles de dólares para los infractores.
La entidad recordó a la ciudadanía que el artículo 293 del Código Electoral señala que "toda persona natural o jurídica que pretenda realizar encuestas, análisis, pronósticos o estudios similares con el objeto de publicarlos o divulgarlos por cualquier medio, y cuyo fin sea reflejar las preferencias políticas o electorales de la población, deberá registrarse previamente y actualizar el registro anual en el Tribunal Electoral.
Igualmente señala la normativa que "al momento de la divulgación, las encuestadoras deberán poner el título: "Las encuestas son estudios de opinión sujetos a no reflejar la certeza de los resultados".
De igual forma, el artículo 295 del Código Electoral señala que para que una encuesta o sondeo sobre preferencias políticas pueda ser divulgada o publicada por cualquier medio, deberá destacar como parte integral, y para que pueda ser evaluada por la ciudadanía, la ficha técnica de la misma.
En tanto, el artículo 298 del Código Electoral indica que: Todo medio de comunicación está obligado a requerir al solicitante, antes de proceder a la publicación de la encuesta, la constancia de que cumple con el registro y la ficha técnica previstos en los artículos 293 y 295.
De igual manera, el artículo 297 del Código Electoral señala que, para la divulgación de sondeos en línea o informales, en muestras estadísticamente no representativas, no se requiere el registro a que hace alusión el artículo 293 del Código Electoral, siempre que exprese de forma destacada, que es un estudio no científico.
Quienes incumplan estas normas podrían ser sancionados con multas de hasta 50 mil dólares.
De acuerdo con el artículo 576 del Código Electoral, se sancionará con multa de 25 mil dólares a 50 mil dólares a las personas y los medios de comunicación tradicionales y digitales que violen lo dispuesto en los artículos 293, 295, 298, 300 y 301. Si hay reincidencia, el monto de la sanción se duplicará.
También, a petición de parte, se sancionará a las personas que elaboren encuestas alterando la información encuestada o que carezcan de sustento real y científico, y se hayan publicado o divulgado en cualquier medio de difusión.
Además, se inhabilitarán para elaborar sondeos de opinión en el siguiente evento electoral, incluyendo a sus directores, dignatarios y accionistas.
Recientemente el TE, como parte de su proceso de preparación para las elecciones generales del 5 de mayo de 2024, prepara un plan para desarticular a los denominados call center, o cuentas plurales en diversas redes sociales o plataformas tecnológicas desde las cuales se puedan violar las normas del Código Electoral.
El magistrado del TE, Alfredo Juncá precisó que este es un proceso que para las elecciones de 2024 apenas se está empezando.
Detalló que las cuentas se cierran de acuerdo con las violaciones de las normas definidas por cada plataforma, las cuales varían dependiendo de la compañía, aunque recalcó que el Tribunal Electoral también puede poner un reclamo si se violan las normas electorales.
“Al tener el Tribunal Electoral cuenta en la plataforma, le da derecho a utilizar esas reglas también y poner reclamos”, explicó Juncá.