Juventud del Partido Popular demanda por inconstitucional la Ley 54

Actualizado
  • 21/09/2012 14:58
Creado
  • 21/09/2012 14:58
El Partido Popular (PP), el tercero de la oposición en Panamá, presentó este viernes 21 de septiembre una recurso de inconstitucionalid...

El Partido Popular (PP), el tercero de la oposición en Panamá, presentó este viernes 21 de septiembre una recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 54 de 2012 que reforma el Código Electoral.

Los dirigentes del PP como Oreste del Rio, Ramses Paulette, Pablo Thompson y Guillermo Crespo acudieron a la Corte Suprema de Justicia para demandar la polémica ley, rechazada por el Tribunal Electoral y que antes de ser sancionada por el presidente Ricardo Martinelli pedía el veto por 'inconveniente'.

Carlos Rubio, subsecretario general nacional del partido, argumentó que la ley viola algunos artículos de la Constitución en cuanto a la libertad al sufragio y atenta contra la institucionalidad democrática de Panamá.

Los jóvenes procedieron a hacer una quema simbólica de la ley, pues consideran que la ley irrumpe las libertades democráticas, la fiscalización del Tribunal Electoral como garante de la honradez del sufragio, los derechos a elegir y ser elegido, entre otros.

A tan solo 15 horas de haber sido ratificada como Ley de la República, el proyecto 508, hoy Ley 54, sancionada por Martinelli el lunes 17 de septiembre, fue demandado por inconstitucional por el precandidato presidencial del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Manuel Bermúdez, el martes 18 de septiembre.

Al día siguiente, el miércoles 19 de septiembre, Dionisio De Gracia, presidente del Comité de Elecciones del Partido Panameñista, acompañado de otros copartidarios, presentó el segundo recurso de inconstitucionalidad alegando que se está cercenando la escogencia de diputados.

El secretario general del PRD y aspirante a la Presidencia, Juan Carlos Navarro, anunció que esa agrupación política irá a demandar también.

Grupos, entre otras cosas, han criticado que la norma no protege la honra del afectado por las propagandas negativas, quitándole posibilidad al Tribunal Electoral de que la suspenda inmediatamente.

La nueva ley establece que la Fiscalía General Electoral debe pronunciarse en 15 días hábiles.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus