Declaración de bienes no debe ser restringida

Actualizado
  • 23/04/2015 02:00
Creado
  • 23/04/2015 02:00
González hizo esta afirmación en respuesta a una consulta del fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez.

Las declaraciones patrimoniales de los funcionarios, al iniciar el gobierno o al concluir su mandato, ‘son de acceso público' y no pueden ser restringidas.

Así lo deja claro el procurador de la Administración, Rigoberto González, en una opinión fechada el 21 de abril.

González hizo esta afirmación en respuesta a una consulta del fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez.

El procurador insistió en que la declaración jurada de estado patrimonial que deben rendir los funcionarios al inicio y conclusión de su gestión es de acceso público; es decir, para cualquier ciudadano que la solicite.

La declaración jurada debe ser instrumentada mediante escritura pública, según lo establecen el artículo 304 de la Constitución Política y la Ley 59 de 1999, que desarrolla la materia.

En la nota enviada al fiscal Rodríguez, se resalta la importancia de la rendición de cuentas de manera que los encargados de la gestión de los fondos públicos informen, justifiquen y se responsabilicen por el manejo de los recursos y fondos del Estado durante su gestión.

En los últimos meses, se ha mantenido el debate sobre si es o no pública esta declaración, incluso ministros de Estado se negaron a revelarla.

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