PAIS presenta queja ante el Tribunal Electoral

Actualizado
  • 28/04/2017 19:20
Creado
  • 28/04/2017 19:20
La Secretaría del TE informó a los corregidores, alcaldes, caciques que no se pueden cobrar los certificados para los partidos en formación

El Partido Independiente Social (PAIS) que está en formación, ha presentado la queja formal en el Tribunal Electoral (TE) sobre el cobro de los certificados de residencia con fines a la conformación del partido.

El Código Electoral establece que los certificados de residencia que soliciten los iniciadores de partidos políticos en cada provincia y comarca, deberán ser expedidos sin ningún costo.

José Alberto Álvarez, quien busca inscribir el partido PAIS, intentó certificar su residencia en la Corregiduría de Bella Vista, pero enfrentó obstáculo.

"Me querían cobrar $5 por el trámite", aseguró Álvarez, quien detalló que en primera instancia una persona de confianza intentó hacer la certificación, pero tampoco se la aceptaron por el simple hecho de que no lo había autorizado.

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"Hemos tenidos muchos problemas", reclama Álvarez, que llevará al TE la firma para solicitar la autorización para emprender el camino para que PAIS sea un partido en formación.

Por lo tanto, la Secretaría General del TE recordó a los corregidores, alcaldes, sáhilas o caciques, que en el país no se pueden cobrar los certificados.

El TE, en la circular, detalló que el artículo 176 del Código Electoral, establece que toda gestión y actuación en materia electoral o relacionada con los partidos políticos se adelantarán en papel común y no darán lugar a impuestos de timbres ni al pago de derechos de ninguna clase.

La correspondencia, agrega el artículo, que los expedientes, exhortos y demás actuaciones cursarán libres de porte de correos y telégrafos.

En tanto, el artículo 389 advierte que se sancionará con pena de prisión de seis meses a un año o con cincuenta a doscientos días multas y suspensión de los derechos ciudadanos e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por uno a dos años, a los que indebidamente rehúsen a expedir certificados de residencia, o expidan certificado de falsa residencia, a un aspirante a candidato o a cualquier ciudadano que lo requiera para fines electorales.

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