Gastos escolares serán deducibles de impuestos según proyecto de ley

Actualizado
  • 09/04/2018 22:54
Creado
  • 09/04/2018 22:54
Esto incluye los gastos escolares incurridos con respecto a los dependientes menores de edad del contribuyente, incluyendo  matricula, mensualidad, útiles, uniformes y transporte

El pleno de la Asamblea Nacional probó en tercer debate el proyecto de ley 307, que adiciona un numeral al artículo 709 del Código Fiscal, sobre los gastos deducibles al impuesto sobre la renta a favor de los contribuyentes que incurren en gastos escolares.

Esto incluye los gastos escolares incurridos con respecto a los dependientes menores de edad del contribuyente, incluyendo la matricula y la mensualidad escolar, así como los útiles escolares, uniformes y transporte relacionados con el primer nivel de enseñanza o educación básica general y el segundo nivel de enseñanza o educación media.

También establece que serán deducibles los gasto incurridos con respecto al tercer nivel de enseñanza o educación superior de los dependientes mayores de edad del contribuyente, que aún se encuentren bajo su tutela, relativos al pago de matrícula y horas de créditos. La deducción podrá practicarse hasta por una máxima anual de $3,600 por cada dependiente. Esta deducción también podrá ser aplicada a los contribuyentes que sufraguen sus propios estudios.

El proyecto de ley se encuentra en la espera de la ratificación del presidente de la República Juan Carlos Varela.

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