Caso de pinchazos contra expresidente Ricardo Martinelli no es cosa juzgada

Actualizado
  • 26/07/2018 02:01
Creado
  • 26/07/2018 02:01
El Pleno concluyó que los apelantes no presentaron argumentos suficientes para revocar la decisión del juez de garantías.

El de los pinchazos no es un caso juzgado. Así lo determinó el Pleno de la Corte Suprema de Justicia actuando en funciones de Tribunal de Apelaciones a raíz de la decisión emitida por el juez de garantías, Jerónimo Mejía, quien rechazó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli arguyendo que se trataba de cosa juzgada.

El Pleno llegó a esta decisión tras analizar los alegatos de la defensa, de la fiscalía y querellantes y concluyó que no existe doble juzgamiento puesto que no se cumplen tres principios fundamentales: los mismos sujetos, los mismos hechos y el mismo tipo penal. Indicaron que también debe existir una sentencia ejecutoriada y en los casos que argumenta la defensa no se cumple este requerimiento.

En audiencia intermedia del 28 de junio pasado, los apoderados del exgobernante invocaron la nulidad del caso contra su cliente al citar tres querellas por supuestas intervenciones telefónicas que se presentaron en la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional durante los años 2011 y 2013.

No obstante, el Pleno determinó que este caso no guarda relación con los de la Asamblea a los que se refiere la defensa. De igual forma, indicaron que de acuerdo con el artículo 32 de la Carta Magna, no se configura el principio de doble juzgamiento ni tiene carácter de cosa juzgada.

RECURSOS EN LA AUDIENCIA

En audiencia intermedia la defensa solicitó seis nulidades

Una de las peticiones se refería al doble juzgamiento por intervenciones telefónicas.

Los casos ocurrieron durante los años 2011 y 2013, fueron archivados.

Prueba de lo anterior es que, según los magistrados, las denuncias presentadas en la Comisión de Credenciales no se admitieron y se archivaron por falta de pruebas.

Por tanto, el Pleno concluyó que los apelantes no presentaron argumentos suficientes para revocar la decisión del juez de garantías.

En este sentido, ratificaron la decisión del magistrado de garantías vertida el pasado 4 de julio, en la que rechazó la nulidad que trajo a colación la defensa de Martinelli.

También se aceptó el desistimiento del recurso de hecho presentado por la defensa y que tanto los querellantes, como la fiscalía estaban de acuerdo.

El abogado de la defensa técnica, Carlos Carrillo, señaló, antes de argumentar sobre el recurso de doble juzgamiento, que desistían del recurso de hecho sobre la decisión del magistrado de garantías de no declararse impedido, puesto que el Pleno ya se había pronunciado al respecto, a través de la recusación.

Por otro lado, ayer el expresidente recibió la visita de Natalie Santos, una abogada procedente de Estados Unidos que maneja ‘asuntos privados al exgobernante en ese país', dijo el vocero de Martinelli, Luis Eduardo Camacho, quien agregó que la conversación no trataba de ningún proceso en Estados Unidos contra Martinelli.

El expresidente acudió ayer a una cita médica con una duración de dos horas (7:00 a.m. a 9:00 a.m.) en el Hospital Santo Tomás para la evaluación de una hernia.

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