TE ordena la suspensión de publicaciones en contra de la diputada Yanibel Ábrego

Actualizado
  • 31/05/2023 09:16
Creado
  • 31/05/2023 09:16
El Tribunal Electoral emite la orden por la supuesta violación a la veda electoral, por la presunta comisión de actos de campaña en medios digitales

El Tribunal Electoral (TE) ordenó a tres medios de comunicación digitales suspender las publicaciones consideradas "campaña sucia" en contra la precandidata a Presidente de la República y diputada de Cambio Democrático (CD), Yanibel Ábrego, informó la entidad regente en un comunicado de prensa este miércoles 31 de mayo.

La medida fue ordenada a través de las resoluciones 52, 53 y 54 del 24 de mayo de 2023, en contra de los medios digitales La Corrupción en Panamá, en Facebook; Todo Panamá y Traposxsucios, en Instagram.

La Resolución N.|52/DNOE-MD señala “qué haciendo un examen del expediente constatamos que el Centro de Estudios y Monitoreo Digital, mediante informe de actividad en Medios Digitales CEMD-092-2023 de 28 de abril de 2023, puso en conocimiento de la publicación de una posible campaña sucia en contra de la candidata a la presidencia del partido Cambio Democrático Yanibel Ábrego, donada por un tercero y publicada por la cuenta La Corrupción en Panamá publicado en Facebook”.

“Nuestra representada actualmente es Diputada y precandidata al cargo de Presidente de la República en las elecciones internas del partido Cambio Democrático, y desde el momento de su postulación ha visto seriamente afectada su imagen por la utilización de fotografías sin autorización, montajes y otros, que no solo afectan la contienda electoral, con múltiples campañas sucias difundidas y mal intencionadas, si no que además violentan su imagen personal, ya que utilizan su rostro de forma inadecuada, deshonrosa, infamante y obscena con el objeto de denigrar su persona y decoro como mujer”, manifestó recientemente la abogada Ceila Peñalba Ordóñez, representante legal de la diputada Ábrego.

En todos los casos, los denunciados tuvieron dos días para realizar sus descargos y, una vez vencido este término, el TE ordenó correr traslado a la Fiscalía General Electoral, a fin de que emita su concepto.

El TE señaló que “los hechos en la causa bajo estudio, se identifica como propaganda en contra por parte de un tercero, por lo que se configura en presupuestos de violación a las normas que regulan la campaña y propaganda electoral en medios digitales, contenidas en el Título V, Capítulos III y IV del Código Electoral, y el Decreto 29 de 30 de mayo 2022”.

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