• 28/05/2009 02:00

Cambios necesarios a normas de Contratación Pública

El próximo presidente de la República, elegido el 3 de mayo de los corrientes, Ricardo Martinelli, deberá adecuar el régimen contractual...

El próximo presidente de la República, elegido el 3 de mayo de los corrientes, Ricardo Martinelli, deberá adecuar el régimen contractual al mundo globalizado y corregir asimismo los entuertos que gravitan en el procedimiento actual. Entre los puntos que debiera tocar están los siguientes:

1 - La eliminación de la exigencia de aportación por parte del proveedor, de todo documento que repose en alguna base de datos del Estado. (Ejemplo, paz y salvo, certificado de registro público, registro de oferente, registro sanitario, etc.).

2 - La incorporación del procedimiento de selección de contratista en línea, para todas las entidades públicas habilitadas y para todos los sistemas contractuales posibles.

3 - El establecimiento de un sistema único de contratación pública para todo el Estado, independientemente de que se trate de productos medicamentosos.

4 - Permitir per se, el equilibrio contractual, para todos los contratos.

5 - Extender la inhabilitación del proponente, para todos los directores de las empresas inhabilitadas.

6 - Adscribir el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas al Órgano Judicial, permitiendo en consecuencia la permanencia de los magistrados que se nombren en el futuro, en base a méritos propios.

7 - Endilgarle la defensa de los actos, de las entidades demandadas ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, a la Procuraduría de la Administración. 8 - Establecer como requisito prioritario del director general de Contrataciones Públicas el que sea abogado.

9 - Incluir, si es el caso con cifra, el monto de lo que debe entenderse como oferta riesgosa u onerosa.

10 - Desarrollar en mejor forma el cobro coactivo del garante.

11 - Vedar la cesión del contrato y la incorporación de la figura del subcontrato, si no se ha cumplido, al menos, con la ejecución de algún porcentaje del contrato adjudicado.

12 - Eliminar la notificación de los actos, en los tableros institucionales, permitiendo con ello únicamente la notificación electrónica.

13 - Posibilitar el pago por parte del Estado del lucro cesante y el daño emergente.

14 - Permitir los contratos por servicios profesionales, únicamente si se hacen por medio de un acto público o si se cuenta con la excepción para la contratación directa.

15 - Exigir el procedimiento de selección de contratistas, para todas las consultorías, sin distingo de montos. 16 - Fortalecer la participación de un tercero interesado, en todos los procesos que se ventilen por acciones o recursos instaurados.

-El autor es doctor en Derecho.abogado@ernestocedeno.com

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