• 16/07/2009 02:00

Carrera Administrativa: méritos = estabilidad

La Carrera Administrativa ha sido y seguirá siendo, sin duda, objeto de acalorados debates al momento de iniciar funciones las administr...

La Carrera Administrativa ha sido y seguirá siendo, sin duda, objeto de acalorados debates al momento de iniciar funciones las administraciones que surgen luego de realizarse la respectiva elección general para renovar democráticamente las autoridades nacionales, distritales y de corregimiento. Una nota característica de los análisis y las discusiones que se producen en tales debates, es que los mismos giran únicamente en torno al tema de la estabilidad de los servidores públicos, como si esta hubiese sido la razón de ser de la creación de dicha Carrera. Es por ello que si le preguntamos a cualquier panameño ¿qué es la Carrera Administrativa?, lo más probable es que nos conteste que es una ley para darle estabilidad a los servidores públicos.

La saliente administración Torrijos-PRD dio pie para que este equivocado concepto continúe cobrando fuerza en la sociedad, al aprobar la Ley 24 de 2 de julio de 2007. Esta norma, que reforma la Ley de Carrera Administrativa, establece en su Artículo 14 la incorporación automática, sin verificar si reúnen los requisitos mínimos para el cargo y sin concurso, de todo servidor público en funciones que a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley haya laborado por dos años o más en forma ininterrumpida en la Administración Pública. Este artículo, inicialmente transitorio, se hace permanente al establecerse en el Artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 44 de 11 de abril de 2008; ambas normas fueron impuestas ya casi al final de su mandato.

Esta normas son contrarias al espíritu del texto constitucional que sustento la creación de las diferentes carreras públicas. Esto queda claro al observar que el Artículo 300 de la Constitución, establece que: “los servidores públicos se regirán por el sistema de méritos; la estabilidad de sus cargos estará condicionada a su competencia, lealtad y moralidad en el servicio”.

Salta a la luz, entonces, que el objetivo real de las reformas era, ante la inminente derrota electoral del PRD, procurar la permanencia en los cargos de aquellas personas que fueron nombradas por ese partido. Ellas permitieron el ingreso forzado al régimen de Carrera Administrativa de más de 32,000 servidores públicos durante la administración Torrijos-PRD, no en base a sus méritos, sino en base a la afinidad político-partidista.

Las modificaciones perjudican a los servidores públicos, al instaurar un privilegio para un grupo de servidores, que debe su ingreso al régimen de Carrera Administrativa a factores ajenos a los méritos. Además, al tener una clara motivación política, producen frustración a los servidores públicos y los desmotiva, porque en la Carrera Pública la estabilidad debe ser el resultado de la valoración de los méritos ganados, en base a la capacitación permanente y al comportamiento correcto en el ejercicio de los cargos.

Finalmente, las reformas impuestas, promovieron el clientelismo político. Crearon ineficiencia y permitiendo que los intereses personales y partidistas se pongan por delante de los intereses del país, al utilizar en beneficio propio los recursos que debieran estar al servicio del pueblo panameño.

En resumen, el espíritu fundamental de la Ley original era procurar que el servidor público mantuviera un permanente espíritu de superación y un comportamiento personal acorde son sus responsabilidades. Lo serio y responsable es aprobar con prontitud una Ley que deje sin efecto las reformas que desvirtúan este espíritu, para garantizar así que en Carrera Administrativa: méritos = estabilidad.

*Analista político.camachocastro@gmail.com

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