• 14/08/2009 02:00

Un país sin servidores públicos

Según la Constitución, servidor público es el que recibe remuneración del Estado, nombrado temporal o permanentemente en la administraci...

Según la Constitución, servidor público es el que recibe remuneración del Estado, nombrado temporal o permanentemente en la administración pública. Para la doctrina jurídica y la academia, los servidores públicos se caracterizan por ejercer de manera permanente la función pública o sea, las actividades que la sociedad encomienda a la administración del Estado.

Autores como Sayagüez Lasso distinguen entre funcionarios (autoridades) y trabajadores o servidores públicos de base. Los primeros poseen prerrogativas como altos salarios, capacidad de decisión y se ubican en niveles de alta gerencia, mientras que los otros poseen una clasificación en base a la actividad que realizan, que va desde el nivel básico de asistencia o apoyo, hasta el nivel de gerencia media, profesional.

Los servidores públicos de base son (o deben ser) protegidos por normas universalmente aceptadas como el salario mínimo; organización gremial; prestaciones mínimas; descansos obligatorios, protección contra abusos y discriminaciones, etc.

Entre esos derechos destaca la profesionalización, como una fórmula de evitar la paralización de la administración pública por las elecciones generales y los vaivenes de la política partidista y evitar también la improvisación, donde cada nuevo gobierno sea más “genial” que el anterior y deshaga lo andado en cualquier proyecto.

La Carta Iberoamericana de la Función Pública afirma que la profesionalización de los servidores públicos es una necesidad de la gobernabilidad democrática, lo que implica su estabilidad laboral.

El Gobierno de Martín Torrijos no quiso hacer los ajustes a la Carrera Administrativa en tiempo oportuno, sino al filo de la apertura del proceso electoral, lo que permitió justificar al nuevo gobierno desandar lo que se había avanzado en materia de Carrera Administrativa, aún a riesgo de que el país sea mal calificado por los organismos internacionales como el BID, que impulsan la profesionalización de los servidores públicos.

La anulación de derechos adquiridos contenida en la Ley 43 de 2009, que retrocede en materia de Carrera Administrativa al nivel de hacen 15 años, no contó con la oposición de sus propios afectados: los servidores públicos de base. La causa más profunda de esa inacción, al igual que la posibilidad real de deshacer lo andado cada cinco años (en 1994 se creó la Ley de Carrera Administrativa; en 1999 se suspendió su ejecución; en 2004 se reinició y en 2009 se retrocede nuevamente), es la concepción generalizada de que los servidores públicos deben ser los amigos, parientes y copartidarios de los partidos políticos que ganen las elecciones generales (clientelismo político), porque esa es una forma segura de obtener ingreso, aunque no se esté profesionalmente preparado. Esa concepción ocasiona que no se produzcan concursos para llenar vacantes, aunque la Ley así lo exija. Esa concepción hace que una buena parte de los medios de comunicación social apoyen el retroceso infringido al sistema de méritos.

Existen actualmente más de 180,000 personas laborando en el Estado, pero de acuerdo a la descripción teórico-académica de lo que es un servidor público, estos no existen en Panamá, sino un grupo amplio de amigos y copartidarios del partido político de turno en el poder, que reciben el premio de un salario por cinco años (con intención de extenderlo más allá si es posible), sin tomar mucho en cuenta la formación profesional, experiencia o ejecutorias , porque normalmente se nombra en atención al salario y no a las funciones del cargo.

De acuerdo a la Carta Iberoamericana de la Función Pública y a la teoría jurídico-administrativa, somos un país sin servidores públicos.

*Abogado. Experto laborista.ayalaabogado@hotmail.com

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