• 30/07/2018 02:01

En Panamá también hay trata de personas

‘Más del 70% de las víctimas son mujeres, niños y niñas'

Hace más de una década, Panamá dejó de ser un ‘país de paso' para convertirse en un país de origen, tránsito y destino de víctimas de Trata de Personas. En Panamá hay víctimas de este devastador delito. Por ello, la necesidad de adoptar una legislación que no solo tipificara el delito de forma adecuada, sino que creara una estructura que permitiera la prevención, protección y judicialización de este flagelo que cada año suma miles de víctimas a los más de 30 millones de esclavos existentes a nivel mundial.

La Ley 79 de 2011 sobre la Trata de Personas y actividades conexas, brindó herramientas necesarias para la investigación y judicialización de estas actividades del crimen organizado. Pero lo más importante de esta Ley, es que estableció un completo marco regulatorio para prevenir el delito y asistir a las víctimas, al elevar a Política Nacional de Estado la lucha contra la Trata de Personas y establecer la creación del Plan Nacional para el logro de los objetivos y fines establecidos en dicha Ley, a través de una Comisión Nacional con personería jurídica, conformada por miembros del sector público y del sector privado.

En Asamblea Nacional de la ONU del año 2013 se estableció el 30 de julio de cada año como el Día Mundial contra la Trata de Personas, por lo que hoy es momento propicio para hacer docencia sobre este tema.

Definición: la trata de personas es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. En palabras simples, es la compraventa de seres humanos con el fin de explotarlos como esclavos; es por ello que se le conoce como la esclavitud moderna y la más cruel de las violaciones a la dignidad del ser humano. Y en Panamá se vive a diario, en muchos casos, frente a nuestras narices.

Las víctimas: hombres, mujeres, niños y niñas, de cualquier raza, religión o estrato social; dado que se trata de una transacción comercial, las víctimas son lo que demande el mercado en un momento determinado. Hace años se abandonó el término ‘trata de blancas' por el correcto: trata de personas. Las estadísticas señalan que más del 70% de las víctimas son mujeres, niños y niñas, algo que quizás se deba al hecho de que una de las formas más comunes de Trata es la explotación sexual y la explotación laboral.

Los tratantes: hombres y mujeres que se dedican a comprar personas a captadores, para luego venderlas a los explotadores, quienes se benefician de las diversas formas de esclavitud a las cuales someten sus víctimas.

Actividad conexa: ponga atención porque aquí caen muchas personas. De acuerdo a nuestra ley, se trata de las siguientes actividades: el embarazo forzado; la actividad ilícita relacionada con la trata de personas por parte de transportistas y arrendadores, poseedores y administradores de bienes muebles e inmuebles; el tráfico ilícito, la tenencia y comercialización de órganos, tejido y fluidos humanos y cualquier otra acción que se derive directamente del delito de trata de personas. Es decir, si usted arrienda un bien inmueble a sabiendas de que el mismo será utilizado para albergar víctimas de Trata de Personas, o se dedica a transportar víctimas del turismo sexual, está cometiendo un grave delito.

La pena: de 15 a 30 años. Tome nota de que este delito fue ubicado dentro de los Delitos contra la Humanidad y por lo tanto no prescribe.

Hasta aquí lo dejo, pues sobre este tema hay mucho que decir. Por lo pronto, súmese a la lucha y diga NO A LA TRATA DE PERSONAS.

ABOGADA, FUNDACIÓN LUCES

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